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    <identificador>BOCM-20260618-21</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/06/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/06/04</fecha_disposicion>
    <titulo>Plan estratégico subvenciones
– Orden 2234/2026, de 4 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2026, 2027 y 2028</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
21ORDEN 2234/2026, de 4 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, contempla en su artículo 8.1, al igual que en el artículo 4 bis) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad subvencionable a realizar.
En este sentido, el artículo 4 ter de la precitada Ley 2/1995, de 8 de marzo, recientemente incorporado a su articulado por la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, establece los contenidos que debe recoger el plan: objetivos estratégicos, que describan el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del plan estratégico, y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en el correspondiente programa presupuestario; líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación, sus objetivos y efectos, el plazo necesario para su consecución, y los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación; régimen de seguimiento y evaluación continua, determinando indicadores relacionados con los objetivos; y resultados de la evaluación de planes anteriores.
En cumplimiento de lo previsto en los artículos 4 bis y 4 ter de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, el presente Plan Estratégico de Subvenciones se configura como un instrumento de intervención pública dirigido a corregir fallos de mercado y atender necesidades específicas de interés general en el ámbito de las enseñanzas artísticas.
En particular, se constata la existencia de externalidades positivas asociadas a la formación artística avanzada, a la investigación en disciplinas artísticas y a la promoción del talento creativo, así como barreras de acceso de carácter económico, estructural y de información que limitan la capacidad del mercado para ofrecer estos servicios en condiciones de igualdad y eficiencia, lo que justifica la intervención pública mediante subvenciones.
El plan estratégico de subvenciones debe confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones, tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención en función, entre otros condicionantes, de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
La consejería con competencias en materia de Educación, Ciencia y Universidades ha elaborado y aprobado diversos planes estratégicos para dar cobertura a diferentes líneas de subvenciones. La experiencia acumulada ha puesto de relieve la importancia de agrupar las diversas líneas de ayudas, lo que permite un conocimiento más completo y organizado de la actuación de la Administración de la Comunidad de Madrid. 
Considerando la cantidad de subvenciones y líneas de ayudas que se otorgan y la dificultad de elaborar un único plan de subvenciones para toda la consejería, se optó por elaborar y aprobar planes agrupándolos por materias que, tradicionalmente, han mantenido una estrecha relación. Por ello, se llevó a cabo de manera separada la planificación de las subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, al no estar adscrita a ninguna viceconsejería, mediante la Orden 2674/2024, de 7 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprobó el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, el cual incluye diferentes líneas de subvenciones en las que se definen los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar en el ámbito competencial de la mencionada dirección general. 
Si bien este plan está aún vigente en 2026, se ha considerado más adecuado la aprobación de un nuevo plan estratégico de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, para la incorporación de dos nuevas líneas de subvenciones, y la actualización de los costes de financiación de las ya existentes: en particular, se incorpora la concesión directa de la ayuda a la Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid (ECAM), que hasta el ejercicio pasado se financiaba desde el programa presupuestario 322F de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, y se crea una nueva línea de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de las disciplinas artísticas en la Comunidad de Madrid.
Estando próxima a su finalización la vigencia del plan actual, resulta más eficiente desde el punto de vista procedimental la aprobación de un nuevo plan que la modificación del actual. Este nuevo plan estratégico, que tendrá vigencia durante los años 2026, 2027 y 2028, dará continuidad además a las líneas ya incorporadas en el plan actual.
Por un lado, en régimen de concesión directa, se financian actividades concretas de la Fundación Instituto de Música de Cámara de Madrid; y a través de la Fundación Albéniz, la participación de jóvenes músicos de arraigo madrileño, en el programa formativo en excelencia musical de la Escuela Superior de Música Reina Sofía.
Por otro lado, en régimen de concurrencia competitiva, continúa la financiación de ayudas para el correcto desarrollo de dos actuaciones específicas: la consolidación del programa de auxiliares de danza en centros educativos madrileños; y la ampliación de estudios de alumnos de las enseñanzas artísticas e idiomas en el extranjero, para aquellos que cuenten con mejores expedientes académicos. 
En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuyen el artículo 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, 
DISPONGO
Primero
Aprobación
1.  Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, en los términos que figuran en el Anexo.
2.  Este plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Las desviaciones de los importes de las convocatorias o de los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación, no serán motivo por sí solas para modificar el plan estratégico, sin perjuicio de que deba justificarse dicha desviación en el expediente de subvención.
Segundo
Efectos
1.  Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.
2.  Se deja sin efectos el plan estratégico vigente aprobado por la Orden 2674/2024, de 7 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026. Cualquier referencia en la tramitación y ejecución de estas subvenciones, se entenderá efectuada al presente Plan en el momento de su aprobación.
Tercero
Publicidad
Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de junio de 2026. 
		La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, 		MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO


































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