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    <identificador>BOCM-20260624-38</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Autorización instalación eléctrica
– Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una línea subterránea de 45 kV ubicada en C/ Vigil, s/n, en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2023P986 - 14-0141-00986.6/2023</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
38RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una línea subterránea de 45 kV ubicada en C/ Vigil, s/n, en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2023P986 - 14-0141-00986.6/2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 5/9/2023 y referencia 10/863143.9/23 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 20/4/2023 por M.a Ángeles Peñaranda Cuesta, con n.o de colegiada 5016, del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana.
Con fecha 15/10/2025 tiene entrada en esta Dirección General un anexo de modificación de proyecto firmado en fecha 19/08/2025 por Francisco Javier Taberner Sanchís, con n.o de colegiado 8654, del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valencia.
Segundo
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una línea subterránea de 45 kV en calle Vigil, s/n, en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 16, de fecha 20 de enero de 2026).
Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Tercero
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Madrid, Canal de Isabel II, ADIF, Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid y Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, y tras la entrada en esta Dirección General del anexo de modificación del proyecto en cuestión, se vuelve a dar traslado de las correspondientes separatas a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Madrid, Canal de Isabel II, ADIF, Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid, Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, Nedgia, S. A., y Telefónica de España, S. A. U.
En fechas 21/1/2026, 28/11/2025, 10/3/2026, 14/11/2025 y 17/11/2025 se reciben de ADIF, Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid, Nedgia, S. A., y Telefónica de España, S. A. U., respectivamente, informes con condicionados a considerar conforme a la legislación de aplicación en cada caso, los cuales son aceptados por el titular en fechas 14/4/2026, 19/12/2025, 25/3/2026, 19/12/2025 y 19/12/2025, respectivamente, tomándolos en consideración y aceptando la tramitación de los diferentes permisos que sean necesarios con dichos organismos.
Con fecha 22/12/2025 se recibe de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid informe con consideraciones, limitaciones y condicionados a tener en cuenta durante la ejecución del proyecto, además de la necesidad de reubicación de las cámaras de interconexiones, los cuales son aceptados por el titular en fecha 14/4/2026.  Dicha respuesta se ha trasladado de nuevo a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid, sin recibir ninguna respuesta posterior.
Con fecha 23/12/2025 se recibe de la Dirección General de Planeamiento del Ayuntamiento de Madrid informe con consideraciones y condicionados a tener en cuenta, y sobre la necesidad de aportación de documentación adicional para la tramitación de la viabilidad urbanística, los cuales son aceptados por el titular en fecha 9/4/2026, e indicando que dicha viabilidad urbanística ya se está tramitando con el Ayuntamiento. Dicha respuesta se ha trasladado de nuevo a la Dirección General de Planeamiento del Ayuntamiento de Madrid, sin recibir ninguna respuesta posterior.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación del Canal de Isabel II.
Cuarto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; el Decreto 86/2025, de 29 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, comunicación, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la instalación de una línea subterránea de 45 kV en C/ Vigil, s/n, del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación .en coordenadas UTM referidas al huso 30. son:
.	Con motivo del cambio de conductor se divide la línea de 45 kV en tramos. Dicha línea tiene su origen en la interconexión a realizar con la línea subterránea de 45 kV del circuito COS-VA2, y su final en la nueva subestación ST Andrómeda a construir, con las siguientes características:

Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2.  El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de autorización de explotación, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I.5 del Decreto 86/2025, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.
3.  La documentación a presentar con la solicitud de autorización de explotación deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.	
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 25 de mayo de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular (firmado).
(02/8.916/26)</texto>
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