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    <titulo>– Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2026, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades socioculturales, de esparcimiento y de servicios de piscina e instalaciones deportivas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Fuentidueña de Tajo, a 30 de junio de 2026..El alcalde, José Antonio Domínguez Chacón.
(03/10.950/26)</texto>
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