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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE SANIDAD</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/07/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/06/26</fecha_disposicion>
    <titulo>Nombramiento
– Orden 935/2026, de 26 de junio, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud correspondientes al año 2026</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>166</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE SANIDAD
15ORDEN 935/2026, de 26 de junio, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud correspondientes al año 2026.
El Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de personal emérito, los derechos inherentes a este reconocimiento, así como las funciones que este personal podrá desarrollar en las Instituciones Sanitarias dependientes o adscritas al Servicio Madrileño de Salud.
La disposición adicional única del referido decreto establece que el número máximo de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.
Por otra parte, la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (art.40), modificó el plazo para presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, estableciendo que “La condición de personal emérito deberá solicitarse dentro del año natural anterior al de causar baja por jubilación”.
Por tanto, y teniendo en cuenta que se han presentado solicitudes a instancia de parte por el personal estatutario que cumple los requisitos y que causará baja por jubilación durante el año 2026, así como las presentadas de oficio por las Direcciones-Gerencias de los centros sanitarios donde viene prestando sus servicios el personal licenciado sanitario, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 5 del Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, se fija a través de la presente orden, el número máximo anual de personal emérito para el año 2026.
En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Número máximo de eméritos para licenciados sanitarios jubilados en 2026
El Servicio Madrileño de Salud podrá nombrar como personal emérito hasta un máximo de once licenciados sanitarios estatutarios fijos que queden en situación de jubilación durante el año 2026, y que, reuniendo los requisitos, hayan presentado solicitud.
Segundo
Efectividad
La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero
Recursos
Contra la presente orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer el recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Sanidad (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación o publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad en lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de junio de 2026.
		La Consejera de Sanidad, 		FÁTIMA MATUTE TERESA
(03/11.327/26)</texto>
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