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    <identificador>BOCM-20260715-61</identificador>
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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/07/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/07/02</fecha_disposicion>
    <titulo>Convocatoria contrato
– Resolución de 2 de julio de 2026, del Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se acuerda publicar nueva versión del PCAP relativo al expediente de contratación “Servicio de Asistencia Técnica para el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), para la supervisión y seguimiento de la implantación y puesta en servicio de un sistema de Ticketing Account-Based (ABT)” así como la ampliación del plazo de presentación de proposiciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID
61RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2026, del Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se acuerda publicar nueva versión del PCAP relativo al expediente de contratación “Servicio de Asistencia Técnica para el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), para la supervisión y seguimiento de la implantación y puesta en servicio de un sistema de Ticketing Account-Based (ABT)” así como la ampliación del plazo de presentación de proposiciones.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 28 de mayo de 2026, el órgano de contratación acordó la aprobación del expediente de licitación SG-2/2026, denominado “Servicio de Asistencia Técnica para el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), para la supervisión y seguimiento de la implantación y puesta en servicio de un sistema de Ticketing Account-Based (ABT)” procediéndose a su publicación en el “perfil del contratante” de la Comunidad de Madrid.
Segundo
El plazo establecido para la presentación de ofertas en la licitación referida finaliza el 13 de julio de 2026. No obstante, durante la vigencia del mismo se detectaron discrepancias en la documentación publicada, concretamente entre el PCAP y la propuesta de contratación, en materia de subcontratación.
Tercero
En consecuencia, dado que dicho error podría condicionar la correcta presentación de ofertas por parte de los licitadores, pudiendo resultar afectada la concurrencia a la licitación, transparencia y la seguridad jurídica, y previa consulta al servicio jurídico, con fecha 12 de junio de 2026 se procedió a la paralización del plazo de presentación de ofertas a fin de subsanar las discrepancias referidas en el apartado anterior.
Una vez realizadas las correcciones oportunas, se procede a la publicación de la documentación que contiene la información correcta y coherente para la elaboración por parte de los interesados de sus proposiciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el objeto de la misma es garantizar que la contratación pública “se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores”. En este sentido, el artículo 132 de la misma Ley establece que “los órganos de contratación darán a los licitadores y candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación a los principios de transparencia y proporcionalidad”.
Segundo
Por su parte, el artículo 136 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, establece, en relación con los plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las proposiciones, que “los órganos de contratación deberán ampliar el plazo inicial de presentación de las ofertas y solicitudes de participación, asimismo, en el caso en que se introduzcan modificaciones significativas en los pliegos de la contratación […]. La duración de la prórroga en todo caso será proporcional a la importancia de la información solicitada por el interesado”.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO
Único
Acordar la publicación en los boletines oficiales correspondientes y en el “perfil del contratante” de la Comunidad de Madrid del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación administrativa debidamente corregida, disponiéndose asimismo la ampliación del plazo de presentación de proposiciones, que finalizará el 17 de agosto de 2026.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer, de conformidad con lo establecido en el capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, potestativamente, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que ha dictado la Resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de recepción de la presente, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, según lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Madrid, a 2 de julio de 2026..El Director-Gerente, Pablo José Rodríguez Sardinero.
(01/11.379/26)</texto>
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