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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
75Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por medio de la presente le comunico que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 1-7-2026, al punto 2 “Propuesta de acuerdo de modificación parcial del acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local..Expediente OAJ/2026/80” ha adoptado el siguiente acuerdo:
“Vista la propuesta de la Alcaldesa de Pozuelo de Alarcón, de 30 de junio de 2026, que se transcribe:
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 18 de febrero de 2026, se procedió a delegar competencias de la Junta de Gobierno Local en los Titulares de las Áreas de Gobierno y Concejales-Delegados, así como en los Titulares de las Direcciones Generales según la estructura aprobada por la Alcaldesa-Presidenta por Decreto de 2 de febrero de 2026.
En consecuencia, el citado modelo organizativo y competencial de la estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón motivó la adecuación de las competencias asignadas a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento a las citadas previsiones, por lo que, se aprobó el vigente Acuerdo de Delegación de Competencias de la Junta de Gobierno Local, que tuvo por objeto reordenar las delegaciones de competencias efectuadas hasta ahora por la Junta de Gobierno.
Para la completa adecuación de las competencias asignadas a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón al nuevo modelo organizativo, el presente Acuerdo tiene por objeto modificar las delegaciones de competencias efectuadas hasta ahora por la Junta de Gobierno.
Por lo anteriormente expuesto, se propone que por la Junta de Gobierno Local se acuerde:
Primero..Modificar la delegación de competencias:
.	Añadir, de conformidad con lo previsto en el artículo 127.2 de la LRBRL, las competencias atribuidas al Titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de la Ciudad en el Acuerdo de Delegación de Competencias vigente, en el ámbito de los asuntos correspondientes a Medio Ambiente, que quedarán redactadas de la siguiente forma:
	10.  En materia de intervención municipal en actos de uso del suelo y edificación se delega con carácter general la concesión de cualquier tipo de licencia en materia urbanística directamente relacionado con Medio Ambiente y en concreto las licencias de tala, poda y trasplante no afectados por licencias urbanísticas de edificación y uso del suelo, cuando corresponda a la Junta de Gobierno Local su otorgamiento por no estar atribuida expresamente a otro órgano por la legislación sectorial, siempre sin perjuicio de las demás intervenciones públicas exigibles por la legislación que les afecte. La totalidad de las referencias a licencias urbanísticas deberán entenderse referidas a todos los efectos, al título habilitante de naturaleza urbanística que corresponda conforme a la legislación urbanística. Asimismo, se delega la autorización en materia de quema para eliminación de residuos combustibles, restos vegetales y adopción de medidas preventivas.
.	Modificar, las competencias que se detallan a continuación, delegadas en la Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 18 de febrero de 2026:
	IV.	En el ámbito de los asuntos correspondientes a Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior y Prevención corresponde a la Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización:
	7 bis.  Aprobar las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos de los procesos de selección de funcionarios y de personal laboral, así como de los procesos de provisión de puestos de trabajo, incluyendo en todo caso el trámite de subsanación de solicitudes de participación.
	23.  Autorizar y disponer gastos derivados de la gestión de su ámbito Recursos Humanos, con cargo al capítulo 1 del Presupuesto de Gastos, excepto las que tenga delegadas el Titular de la Dirección General con competencias en RR.HH.
	En el apartado V. con carácter general se incluye:
	10.  Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a autorización de cesión de contratos, imposición de penalidades y liquidación de contratos de su área, así como los referidos al ámbito de Policía Municipal, Seguridad, Protección Civil y Emergencias.
	11.  Incoación, instrucción, requerimientos, actos de trámite y propuestas de resolución en materia de contratación incluidos en su área, así como los referidos al ámbito de Policía Municipal, Seguridad, Protección Civil y Emergencias.
	12.  Revisiones de precios y tarifas y aprobación, en su caso, del gasto correspondiente de los contratos municipales afectados de su área, así como los referidos al ámbito de Policía Municipal, Seguridad, Protección Civil y Emergencias.
	13.  Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a aclaraciones y rectificaciones de errores materiales de hecho o aritméticos, de pliegos y otros documentos de expedientes de contratación y suspensión y ampliación, en su caso, del plazo de presentación de proposiciones de su área, así como los referidos al ámbito de Policía Municipal, Seguridad, Protección Civil y Emergencias.
	14.  Autorización y Disposición del gasto en los supuestos en los que se permita la acumulación de las fases Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación conjuntas, relativos a tasas, impuestos y precios públicos conforme a las Bases de Ejecución del Presupuesto en asuntos de Policía Municipal, Seguridad, Protección Civil y Emergencias.
Asimismo, se delega en el Titular de la Dirección General de Recursos Humanos, Régimen Interior, Contratación y Patrimonio en el ámbito de los asuntos correspondientes a, Recursos Humanos, Formación, Archivo, Régimen Interior, Prevención.
2 bis.  Autorizar y disponer gastos con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Capítulo 1 relativas a prestaciones económicas y sanitarias, así como ayudas sociales, previstas en los pactos de negociación colectiva, incluyendo los premios a la jubilación anticipada, horas, extras, productividad y complementos de personal laboral, productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios del personal funcionario.
En el resto de capítulos presupuestarios, las autorizaciones y disposiciones de gasto con cargo a las aplicaciones presupuestarias cuya gestión corresponda en materias propias de Recursos Humanos, Régimen Interior, Prevención y Archivo inferiores a 15.000 euros más IVA, incluidos los expedientes de contratación que se imputen a los programas presupuestarios que les corresponda, cuyo importe no supere los 15.000.euros elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados.
Primero bis..Se delega con carácter general, en el órgano competente para el reconocimiento de la obligación en el ámbito de las competencias de los titulares de las áreas de gobierno, concejales y Directores Generales.
Autorización y Disposición del gasto en los supuestos en los que se permita la acumulación de las fases Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación conjuntas, conforme a los supuestos tasados en las correspondientes Bases de Ejecución del Presupuesto.
Primero ter..La competencia para resolver los recursos de reposición, si procedieren, corresponderá con carácter general al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Segundo.  Eficacia del acuerdo..El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su aprobación, debiendo notificarse a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.  Derogación..El presente acuerdo no produce la derogación del acuerdo de Delegación de Competencias vigente, al tratarse de una modificación complementaria del mismo, ello sin perjuicio de la derogación de cualquier otra disposición anterior a este acuerdo que se oponga a lo establecido en él.
Se acuerda en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes aprobar la propuesta de resolución transcrita, en sus propios y literales términos”.
Lo que notifico para su conocimiento y demás efectos.
En Pozuelo de Alarcón, a 8 de julio de 2026..El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Antonio Iglesias Moreno.
(03/11.546/26)</texto>
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