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    <titulo>– Alpedrete. Licencias. Licencia actividad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
LICENCIAS
56Alpedrete. Licencias. Licencia actividad
A instancia de Cuatro Tintas 1840, S. L., se ha solicitado licencia de apertura, instalación y funcionamiento para la actividad de “taller de serigrafia, oficinas y almacenaje de prendas y artículos publicitarios” en la calle Talleres, número 23, nave 1A y nave 1B, del término municipal de Alpedrete.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, normativa a la que se ha tenido que acudir a la vista de la supresión del subepígrafe número 26 del anexo V de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, por la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas; en correlación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se expone a información pública por el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que quienes pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan formular las observaciones pertinentes.
En Alpedrete, a 15 de julio de 2026..El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(01/11.965/26)</texto>
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