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    <titulo>– Pinto. Urbanismo. Estatutos entidad conservación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>PINTO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PINTO
URBANISMO
74Pinto. Urbanismo. Estatutos entidad conservación
De acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público que, por el concejal-delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, se adoptó resolución con fecha 26 de mayo de 2026, de aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del Sector 1 “Industrial Norte”, presentada por la Junta de Compensación del Sector 1 “Industrial Norte”, con Código de validación UNHPV-TACB5-0MI8T, que modifica el texto aprobado inicialmente de la siguiente forma:
.	El párrafo segundo del artículo 12.7 queda redactado como sigue: “Las bases reguladoras de subvenciones a entidades urbanísticas de conservación se recogerán en ordenanza municipal. Hasta el momento en que se apruebe esta ordenanza, se aplicará un criterio objetivo en función de la superficie del sector equivalente al aplicado en la subvención a otras Entidades Urbanísticas de conservación”.
.	El primer párrafo del artículo 5.10 donde decía “tres meses”, debe decir “veinte días”.
Pinto, a 13 de julio de 2026..El concejal-delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, Francisco José Pérez García.
(02/11.712/26)</texto>
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