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– Convenio de colaboración de 29 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación Empieza por Educar, para el desarrollo del Proyecto EXE de formación de jóvenes graduados universitarios como futuros profesionales de la Educación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
10CONVENIO de colaboración de 29 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación Empieza por Educar, para el desarrollo del Proyecto EXE de formación de jóvenes graduados universitarios como futuros profesionales de la Educación.
REUNIDOS
De una parte, doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 7/2026, de 16 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, en nombre y representación de la Fundación Empieza por Educar, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con el número de registro 1268, la Sra. Doña Beatriz Morilla Piñeiro, Directora General de la citada Fundación, según consta en escritura pública número 3547 de orden de protocolo, de conformidad con el poder otorgado para ello por acuerdo del Patronato de la Fundación, protocolizado en esa misma escritura pública otorgada ante el Notario de Boadilla del Monte, D. Gonzalo Sauca Polanco, en fecha 18 de junio de 2019.
MANIFIESTAN
I.  La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid tiene atribuido el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados.
II.  La Fundación Empieza por Educar tiene como objetivos la promoción de iniciativas sociales para mejorar la educación primaria y secundaria en España, en cooperación con las administraciones.
III.  La educación es uno de los activos más importantes de una sociedad avanzada. La creciente complejidad de nuestra sociedad, los contextos de una diversidad y una complejidad mayores, junto con los cambios acelerados que imponen la globalización económica y la sociedad del conocimiento, hacen necesario mejorar la colaboración entre los sectores público y privado con el objetivo de incrementar significativamente el número de alumnado que se gradúa al finalizar la escolarización básica y obligatoria. Hay, pues, que avanzar en el éxito educativo de todo el alumnado, poniendo en valor este futuro capital humano tan necesario para el desarrollo económico y social.
IV.  Experiencias educativas desarrolladas en otros países como Estados Unidos, Reino Unido, Chile o Australia, han puesto de manifiesto la importancia de contar con los mejores profesionales docentes para mejorar los resultados académicos. Así, se considera necesario poner en marcha proyectos que permitan atraer a la profesión docente a los estudiantes con altos rendimientos académicos y competencias clave, ofreciéndoles el apoyo formativo y el acompañamiento profesional adecuados.
V.  Son necesarias, además, iniciativas desde diversos ámbitos para mejorar el sistema educativo. La atracción y formación de talento para la docencia actúa en el corto plazo, pero al mismo tiempo se genera un sustrato de talento que, en el medio plazo, puede crear sinergias y sumar esfuerzos desde diversos ámbitos de la sociedad para la mejora y el éxito educativos.
VI.  La Fundación Empieza por Educar es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en Madrid, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación con el número de Registro 1268, de fecha 6 de junio de 2010, cuya misión es eliminar, en colaboración con otros, las desigualdades educativas en España.
VII.  Las actividades de la Fundación parten del reconocimiento del papel fundamental de los profesores a partir de la selección, formación y apoyo a participantes excepcionales que tendrán a corto plazo un impacto directo sobre los niños y a medio plazo crearán una red de profesionales convencidos de que el éxito escolar, con esfuerzo, es posible en todos los contextos.
La finalidad del proyecto objeto de la presente colaboración, denominado proyecto EXE, consiste en atraer a jóvenes universitarios con un brillante expediente académico al mundo de la docencia, ofreciéndoles, por un lado, una sólida formación como profesionales de la educación y por otro, la oportunidad de desarrollar unas primeras prácticas en este ámbito.
VIII.  La Comunidad de Madrid viene realizando un esfuerzo importante en materia educativa, en orden a evitar el fracaso escolar en el convencimiento de que para ello es importante actuar tanto sobre la concepción de la figura del profesor, que debe ser percibida como una profesión de prestigio y fundamental para el desarrollo de la sociedad como sobre la mejora de las actuaciones educativas para el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
IX.  La Comunidad de Madrid tiene voluntad de continuar con la colaboración con la Fundación Empieza por Educar atendiendo a los resultados obtenidos por los alumnos de los centros sostenidos con fondos públicos en los que se implantó por primera vez el programa Empieza por Educar al amparo del convenio suscrito con fecha de 30 de noviembre de 2011.
Por todo ello, ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para actuar, acuerdan formalizar el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación Empieza por Educar en relación con la implantación por parte de esta del proyecto Empieza por Educar (en adelante, Proyecto EXE) en centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Finalidad del Proyecto EXE
El Proyecto EXE busca atraer a la profesión docente a jóvenes graduados universitarios con un brillante expediente académico y competencias clave, ofreciéndoles una sólida formación como futuros profesionales de la educación al objeto de que estos universitarios, dotados de un alto potencial, desarrollen su posterior labor académica y/o profesional en el sistema educativo.
En todos los casos los participantes, como estudiantes del máster de formación del profesorado, desarrollan su actividad en estrecha coordinación con los profesores titulares y con el tutor/mentor del programa Empieza por Educar, un profesor con experiencia en el aula y en el trabajo con alumnos de entornos desfavorecidos.
Las actividades que llevan a cabo los participantes en los centros, que se desarrollarán siempre con la presencia de los profesores titulares, se enfocan en el desarrollo de actividades docentes educativas no evaluables a efectos académicos, a través de diferentes metodologías pedagógicas, como la codocencia, apoyo individualizado del alumno, participación, diseño de proyectos de centro y aprendizaje cooperativo.
Los cursos en los que se tiene mayor incidencia son los programas de Formación profesional de grado básico, Programas de diversificación curricular (PDC), Aulas de compensación educativa y en general los cursos en los que se encuentran los alumnos con un menor rendimiento académico o mayores dificultades de aprendizaje.
Tercera
Obligaciones de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
1.  La financiación del coste del Convenio a los centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que participen en este programa, al objeto de dotarles de los recursos adicionales necesarios para el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, por medio de los aspirantes seleccionados.
2.  Seleccionar, en colaboración con la Fundación Empieza por Educar, los centros docentes privados concertados que participarán en el programa, que deberán reunir los siguientes criterios:
a.	Nivel socio-económico bajo de los distritos en los que se encuentran los centros, definido por renta per cápita y tasa de paro de la población.
b.	Nivel educativo de la población residente en dichos distritos, por debajo de la media de la población del municipio, definida por los porcentajes de población universitaria y con estudios superiores.
c.	Escolarización de porcentajes superiores al 20 % de alumnado con necesidades educativas especiales, necesidades de compensación educativa, de escolarización tardía en el sistema educativo o con dificultades específicas de aprendizaje.
d.	Centros con autorización y financiación de unidades de compensación educativa (apoyos, aulas de compensación educativa y aulas de enlace), apoyos de integración, Programas de diversificación curricular, horas para refuerzo en Educación Secundaria Obligatoria y unidades Formación Profesional de Grado Básico.
3.  Determinar, en colaboración con la Fundación Empieza por Educar, el número de participantes en el Programa EXE.
Cuarta
Obligaciones de la Fundación Empieza por Educar
La Fundación Empieza por Educar asume las siguientes obligaciones:
1.  Abono de los gastos derivados de la puesta en marcha del proyecto: costes de infraestructura, costes de reclutamiento y selección, costes de formación inicial, costes de formación continua y coordinación, costes de logística y administración, coste del Master de formación del profesorado.
2.  Selección de los aspirantes.
3.  Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades en la selección de los centros docentes privados concertados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que participarán en el proyecto.
4.  Suscripción de un acuerdo de colaboración con cada uno de los centros seleccionados.
5.  Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades al objeto de determinar el número de participantes en el Programa EXE.
6.  Abono y justificación de las ayudas al estudio a los candidatos seleccionados.
7.  Elaboración de los informes de evaluación del proyecto.
8.  Asunción de la responsabilidad civil que del ejercicio objeto del convenio pudiera derivarse.
Quinta
Publicidad y selección de los aspirantes
La Fundación Empieza por Educar difunde y da publicidad al Proyecto EXE entre los jóvenes graduados universitarios para seleccionar a los aspirantes, bajo los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, a partir de criterios objetivos tales como el rendimiento académico de los aspirantes, su nivel de conocimiento de inglés y sus capacidades comunicativas y de competencias clave, además de los requisitos establecidos con carácter general para acceder a los estudios del Master de formación del profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas.
Sexta
Capacitación inicial de los graduados seleccionados
El programa empieza en el Campus de verano, donde los participantes se introducen en el conocimiento de los roles y responsabilidades que se desempeñan en el aula y de los conceptos, estrategias y retos de enseñar.
Posteriormente, en el Campus de verano los participantes reciben la formación teórica y práctica necesaria, previa a la incorporación a las aulas, mediante un curso de 5 semanas de duración, de alta intensidad y exigencia, en el que los participantes comienzan a desarrollar las herramientas necesarias para ser un profesional de la enseñanza.
El Campus de verano combina una parte teórica sobre los métodos generales de enseñanza y técnicas específicas para las materias e incorpora una parte práctica donde los graduados tienen oportunidad de dar clase.
Los cursos de materias específicas son impartidos por profesores experimentados que proporcionan a los participantes una base sólida sobre la que apoyar su posterior enseñanza, partiendo de la formación que ya tienen en la carrera que han cursado previamente.
Mediante la parte práctica, los participantes reciben asesoramiento de profesores experimentados para la programación de las clases, así como para el ejercicio en el aula.
El objetivo es que, al finalizar el Campus de verano, aunque los participantes no son todavía profesionales de la educación, hayan adquirido muchas de las herramientas, comportamientos y conocimientos que, combinados con experiencia práctica, harán de ellos grandes profesores.
Séptima
Incorporación a los centros docentes de los participantes
Al acabar la formación en el Campus de verano el proyecto requiere que los 14 participantes que, como máximo, serán seleccionados en cada una de las dos promociones que se acuerdan mediante este convenio, comiencen su actividad en los centros docentes privados concertados seleccionados y que voluntariamente acepten participaren este programa.
Los participantes se incorporarán a los centros docentes desarrollando actividades docentes educativas no evaluables a efectos académicos de una materia troncal, siempre acompañados por el profesor de la materia, desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2029, fecha de finalización del presente convenio, con tres promociones diferentes durante tres cursos escolares (2026-2027, 2027-2028 y 2028-2029).
La promoción 15.a del Programa EXE, que ha comenzado el desarrollo de sus actuaciones en el curso 2025-2026, únicamente con la financiación de la Fundación Empieza por Educar, quedará incluida en el ámbito de este convenio de colaboración para el curso escolar 2026-2027, en el período octubre 2026 a mayo 2027. Para ello, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en colaboración con la Fundación Empieza por Educar, comprobará que los centros seleccionados, en los que se encuentran estos participantes, cumplen los criterios establecidos en la cláusula tercera del Convenio.
La promoción 16.a del Programa EXE, se incorporará en su primer año en el curso escolar 2026-2027 (octubre 2026 a mayo 2027) y finalizará en el curso escolar 2027-2028 (octubre 2027 a mayo 2028).
La promoción 17.a del Programa EXE, se incorporará en su primer año en el curso escolar 2027-2028 (octubre 2027 a mayo 2028) y finalizará en el curso escolar 2028-2029 (octubre 2028 a mayo 2029).
Las materias en las que colaborarán los participantes son, principalmente, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Lengua Extranjera y asignaturas relacionadas con Ciencias Sociales y Experimentales, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. Además, selectivamente, podrá haber participantes en Educación Primaria, Bachillerato y en Ciclos Formativos. Los participantes deberán cumplir los requisitos de titulación académica correspondientes al personal docente. Los participantes del Proyecto EXE tomarán parte en las actividades educativas que hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar del centro y que figuren en la planificación del correspondiente curso académico.
En caso de abandono del programa por parte de alguno de los participantes seleccionados, una vez incorporado al centro docente, esta vacante se podrá cubrir con otro participante de las mismas características, seleccionado por la Fundación Empieza por Educar, previa notificación a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, sin que ello suponga ningún incremento en la financiación del convenio. Si no se incorporase un nuevo participante, dejaría de financiarse por parte de la Comunidad de Madrid la parte de ese participante correspondiente a los meses restantes hasta la finalización de la promoción a la que pertenece.
Octava
Aportaciones económicas
Este convenio pretende establecer una colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Fundación Empieza por Educar para llevar a cabo una actuación en respuesta a los objetivos compartidos señalados en el prólogo, sin que medie ninguna relación contractual que permita identificar a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades como órgano de contratación y a la Fundación Empieza por Educar como contratista que ejecuta.
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Fundación Empieza por Educar asumen el coste del programa para los cursos 2026-2027, 2027-2028 y 2028-2029, con un importe total de 1.398.534 euros, correspondiendo a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades la financiación del 36,61 % del coste total, por un importe de 512.000 euros.
El presupuesto de gasto para atender la financiación con fondos públicos de este convenio será sufragado en los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029, en el subconcepto 48507 Educación Secundaria Obligatoria (ESO), del programa presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.
El abono se realizará con carácter mensual junto con los “otros gastos” del centro, a través del concepto de financiación “empieza por educar”, que tiene carácter finalista, destinándose exclusivamente al objeto del presente convenio.
Por su parte, la Fundación Empieza por Educar, tras la firma de los acuerdos de colaboración con los centros docentes privados concertados que participen en el proyecto, asume el abono de todos los demás gastos derivados de la puesta en marcha del proyecto EXE, que incluyen, costes de dirección, costes de reclutamiento y selección, costes de formación inicial, costes de formación continua, acompañamiento y coordinación, costes de logística y administración, costes indirectos, y coste de la matrícula del Master de formación del profesorado, además del abono de la ayuda al estudio a los candidatos seleccionados financiada por la Comunidad de Madrid.
La justificación documental de los abonos realizados a los participantes seleccionados, que será, como mínimo, la correspondiente a los importes financiados a los centros docentes por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se realizará mediante la presentación de la factura que emita la Fundación Empieza por Educar a los centros docentes, en la que se hará constar el importe efectivamente abonado a cada uno de los participantes así como los períodos de tiempo a los que se refiere. Esta factura, que debe emitirse en el plazo de un mes desde la finalización del curso a que se refiere, deberá acompañarse de los documentos que justifiquen el pago de las remuneraciones y gastos sociales a los participantes, tales como nóminas y documentos de cotización. Estas justificaciones estarán sometidas al control de la Intervención General.
Novena
Desarrollo del programa
Durante los dos cursos escolares que dura el programa para cada promoción, los participantes tendrán apoyo continuo por parte de cuatro figuras clave:
.	Tutores de Empieza por Educar. Son profesores con experiencia que se dedican a tiempo completo a dar apoyo, guía y formación a los participantes de Empieza por Educar. Cada tutor apoyará a una media de 10 participantes.
.	Profesores del centro docente. Dentro de cada centro habrá un profesor de apoyo por participante. La dirección del centro podrá nombrar un profesor responsable del conjunto del Proyecto EXE en el centro y, con la finalidad de hacer un seguimiento detallado de cada participante, nombrará entre los miembros del claustro los profesores que harán el correspondiente seguimiento.
.	Comunidad de participantes. La Fundación Empieza por Educar proporciona a los participantes la plataforma y los canales para que se compartan experiencias y apoyo entre los participantes.
.	Equipo de Empieza por Educar y red internacional de Teach For All. El Área de Programa de la Fundación Empieza por Educar proporcionará todo el apoyo que se necesite para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, contando además con recursos compartidos con su red internacional.
La Fundación Empieza por Educar proporcionará a los participantes en el Proyecto EXE una formación continuada durante los dos cursos de participación en el proyecto, destinada a perfeccionar sus habilidades pedagógicas y sociales.
Además de lo anterior, desarrollará y organizará a su cargo la formación específica vinculada al Proyecto EXE. Esta formación tomará como base los materiales utilizados por la red de Teach for All adaptados a la realidad de Madrid.
Décima
Protección del menor
En la ejecución de este convenio es de aplicación lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La Fundación será responsable ante la Administración del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, antes citado, a cuyo efecto, con carácter previo al inicio de las actividades, deberá recabar de las personas que vayan a estar en contacto con menores de edad, la correspondiente certificación negativa expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Antes del inicio de las actividades, la Fundación deberá presentar ante la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades una declaración responsable de haber cumplido con la obligación expresada en el párrafo anterior. Cuando se incorpore nuevo personal en el desarrollo de la actividad, deberá presentarse ante la Consejería una nueva declaración.
La inexistencia de antecedentes penales por delitos de carácter sexual es un requisito que debe mantenerse mientras se desarrolle la actividad que implica el contacto con menores.
Undécima
Protección de datos personales
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del trata-miento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Duodécima
Evaluación de resultados
Dada la especialidad de los proyectos de la Fundación y la necesaria colaboración de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades para su consecución, la fase de evaluación se llevará a cabo en diferentes períodos a lo largo de su ejecución:
1.o Antes de la finalización del primer curso, los participantes en el Proyecto EXE deberán presentar a la Fundación una memoria de actuación justificativa de las condiciones del trabajo realizado a lo largo del primer curso, que incluirá la programación de las enseñanzas impartidas y una valoración de los resultados obtenidos por el alumnado.
2.o Al final de cada curso la Fundación deberá realizar una evaluación de los resultados del proyecto, para lo cual se tendrán en cuenta las valoraciones cualitativas del profesor responsable del Proyecto EXE designado por el centro, la valoración del trabajo final, así como el grado de incidencia del Proyecto EXE en los indicadores de mejora del centro.
La evaluación positiva del participante en el primer año conforme a lo anterior será condición necesaria para dar paso al segundo año de participación en el Proyecto EXE.
Asimismo, al finalizar cada curso, la Fundación Empieza por Educar enviará un informe de evaluación del programa a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y a la Comisión de Seguimiento.
Decimotercera
Seguimiento, evaluación, vigilancia y control
1.  Como mecanismo de seguimiento, evaluación, vigilancia y control de este convenio, así como para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir durante su vigencia, se constituirá una Comisión de seguimiento en la que participará la Fundación Empieza por Educar y la Comunidad de Madrid. Asimismo, le corresponde desarrollar las funciones previstas en los artículos 51.c) y 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta Comisión de seguimiento conocerá de las actuaciones realizadas y de los planes de actuaciones futuras que se prevean realizar en el marco del convenio. Asimismo, propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y a la Fundación Empieza por Educar, los centros docentes privados concertados candidatos a participar en el programa EXE y el número máximo de participantes para la siguiente promoción, tomando como base los criterios mencionados en la cláusula tercera.
2.  La Comisión de seguimiento estará presidida por el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades o el funcionario que este designe. Además del presidente, la Consejería estará representada por un vocal designado por el titular de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de entre los empleados públicos que prestan sus servicios en dicha Dirección. La Fundación Empieza por Educar designará dos representantes que se integrarán como vocales con derecho a voz y voto en la Comisión de seguimiento.
3.  Esta Comisión se reunirá con la periodicidad que se determine en las normas de funcionamiento interno que ella misma establezca, y podrá estar asistida por los técnicos que se estime oportuno, con derecho a voz, pero sin voto. Sus reuniones podrán celebrarse por medios electrónicos.
4.  En lo no previsto por las normas de funcionamiento de la Comisión, serán de aplicación las normas contenidas en la sección tercera del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta
Vigencia del convenio
La vigencia del presente convenio de colaboración será desde la fecha de la última firma consignada hasta el día 31 de mayo de 2029. Su contenido podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes mediante la suscripción de la oportuna adenda de modificación.
En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción, según se recoge en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimoquinta
Extinción y resolución
De conformidad con el artículo 51.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes, cualquiera de ellas podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos.
Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. No obstante, las partes convendrán lo necesario para prestar la continuidad del servicio educativo hasta la finalización del curso completo de modo que no se vea perjudicado el alumnado.
Serán causas de extinción de este convenio el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, así como la concurrencia de alguna de las causas de resolución recogidas en el artículo 51.2. Los efectos de la resolución del convenio son los contenidos en el artículo 52 de la citada Ley.
Decimosexta
Régimen jurídico y resolución de controversias
Este convenio se rige por la Ley 40/2015, de 1 de octubre y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la interpretación y ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo en la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula décima. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles cuestiones litigiosas deberán ser resueltas por los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora.
Este documento se firma de forma electrónica, considerándose como fecha la de la última firma consignada.
Madrid, a 29 de junio de 2026..Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Mercedes Zarzalejo Carbajo..Por la Fundación Empieza por Educar, la Directora General de la Fundación, Beatriz Morilla Piñeiro.
(03/11.405/26)</texto>
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