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    <titulo>– Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
80Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno de esta entidad, en sesión celebrada el día 23 de julio de 2026, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios del cementerio municipal y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes:
https://aytosotodelreal.sedelectronica.es/preview-document/21da8e26-c618-4871-8d94-1458f9d7ecb5/
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Soto del Real, a 24 de julio de 2026..La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.
(03/12.543/26)</texto>
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