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    <titulo>– Fuenlabrada. Urbanismo. Plan parcial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>FUENLABRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
URBANISMO
61Fuenlabrada. Urbanismo. Plan parcial
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de julio de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero..Aprobar inicialmente la Modificación Puntual número 3 del Plan Parcial del Sector PP I-3 El Bañuelo, cuyo objeto consiste en extender la calificación de uso industrial como uso característico y alternativo al de servicios terciarios y en permitir el desarrollo de diferentes actividades en parcelas de tipología de industria aislada, facilitando la adaptación a las demandas actuales del mercado inmobiliario industrial; manteniendo inalterables la superficie neta de suelo, la edificabilidad máxima y el uso característico o global del sector.
Segundo..Remitir un ejemplar completo del expediente a la Dirección General de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, a los efectos de cumplimentar el trámite de evaluación ambiental estratégica simplificada, regulado en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Tercero..Dar traslado del documento a las Concejalías municipales competentes sobre impacto de género, impacto de infancia, adolescencia y familia, y supresión de barreras arquitectónicas; para que lo examinen y valoren la posible incidencia de la Modificación número 3 del PP I-3 en dichas materias, durante el plazo de información pública.
Cuarto..Abrir un período de información pública con una duración mínima de un mes (art. 57 Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid), mediante la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, periódico de gran difusión, página web municipal (art. 70 ter.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local) y tablón de edictos, haciendo saber a los interesados que si tras el mismo no se presentaren alegaciones o las mismas no supusieran modificaciones sustanciales del documento, se procederá a su elevación al Pleno municipal para el trámite de aprobación definitiva, al ser el órgano competente para este trámite de acuerdo con lo establecido en los artículos 61.4 Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 y 59 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, se somete el presente acuerdo a información pública por el plazo de un mes, durante el cual se podrán presentar alegaciones al mismo.
Fuenlabrada, a 26 de julio de 2026..La alcaldesa en funciones (Decreto 2026/2886, de 22 de junio de 2026), Mónica Sebastián Pérez.
(01/12.756/26)</texto>
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