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    <fecha_publicacion>2026/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
77Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por decreto de Alcaldía número 2026/1891, de 30 de julio de 2026, se ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación:
[…].
1.  Avocar las competencias asumidas por la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la resolución de esta Alcaldía, número 730, de delegación de competencias, de 23 de junio de 2023, en materia de contratación durante el mes de agosto, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.
2.  Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón edictal sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
[…].
En Paracuellos de Jarama, a 30 de julio de 2026..El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.
(03/12.804/26)</texto>
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