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    <titulo>– Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Contribuciones especiales</titulo>
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    <organismo>CABANILLAS DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
44Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Contribuciones especiales
Aprobación provisional de la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación parcial de la actuación «Asfaltado y urbanización de la Calle Fresno».
El Pleno del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2026, acordó aprobar provisionalmente la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación parcial de la actuación denominada «Asfaltado y urbanización de la Calle Fresno», expediente número 587/2026.
Los principales elementos de la ordenación aprobada son los siguientes:
.	Coste total previsto de la actuación: 186.839,20 euros.
.	Subvención concedida por la Comunidad de Madrid: 150.000,00 euros.
.	Coste neto municipal previsto: 36.839,20 euros.
.	Porcentaje del coste neto que se repercute: 90 por 100.
.	Cantidad provisional a repartir: 33.155,28 euros.
.	Cantidad asumida por el Ayuntamiento: 3.683,92 euros.
.	Módulo de reparto: metros lineales de frente o lindero de cada finca con la Calle Fresno, conforme a las mediciones individualizadas contenidas en el informe técnico municipal.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 36 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente se somete a información pública por plazo de treinta días, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho plazo, las personas interesadas podrán examinar el expediente en las dependencias del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, sitas en plaza del Ayuntamiento, número 1, así como a través de la Sede Electrónica Municipal, y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en asociación administrativa de contribuyentes en los términos previstos en los artículos 36 y 37 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En caso de que no se presenten reclamaciones durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado, sin necesidad de nuevo acuerdo Plenario.
En Cabanillas de la Sierra, a 28 de julio de 2026..El alcalde-presidente, Fernando Tárraga Enamorado.
(03/12.891/26)</texto>
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