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    <titulo>– El Álamo. Régimen económico. Ordenanza piscina municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
35El Álamo. Régimen económico. Ordenanza piscina municipal
El Pleno del Ayuntamiento de El Álamo, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
.	Aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de los precios públicos de la piscina municipal de El Álamo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dicho acuerdo provisional y el expediente se someten a información pública por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que durante dicho plazo los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas.
En caso de no presentarse alegaciones, reclamaciones o sugerencias dentro del referido plazo, el acuerdo provisional se entenderá elevado automáticamente a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.
A continuación, se inserta el texto íntegro de la ordenanza municipal reguladora de los precios públicos de la piscina municipal aprobada inicialmente:










En El Álamo, a 10 de agosto de 2026..El alcalde, Alberto Cabezas Ortega.
(03/13.325/26)</texto>
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