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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Bases subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VELILLA DE SAN ANTONIO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
37Velilla de San Antonio. Régimen económico. Bases subvenciones
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones a las asociaciones inscritas en el registro municipal de Velilla de San Antonio, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 
El texto íntegro de las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones a las asociaciones inscritas en el registro municipal de Velilla de San Antonio, incluyendo los artículos modificados, quedará así: 

























Contra el presente Acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Velilla de San Antonio, a 12 de agosto de 2026..La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.
(03/13.374/26)</texto>
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