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    <titulo>– Valdetorres de Jarama. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
56Valdetorres de Jarama. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Pleno del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2026, acordó la aprobación provisional de la ordenanza municipal reguladora de la celebración de festejos taurinos populares, consistentes en encierros de reses por el campo, en el municipio de Valdetorres de Jarama. Publicado el anuncio de aprobación provisional en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160, de 7 de julio de 2026, y sometido el expediente a información pública por plazo de treinta días sin que se haya presentado reclamación ni sugerencia alguna, dicho acuerdo ha quedado elevado a definitivo de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la citada ley, se procede a la publicación íntegra del texto de la ordenanza, que entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 del mismo texto legal. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.




























Valdetorres de Jarama, a 19 de agosto de 2026..El alcalde-presidente, José María de Diego Tortosa.
(03/13.600/26)</texto>
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