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    <titulo>Plan estratégico subvenciones
– Orden de 18 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
8ORDEN de 18 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028.
La Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 4 ter de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Dicho instrumento de planificación tiene por objeto definir las líneas de subvención cuya gestión corresponde a la Consejería durante su período de vigencia, así como los objetivos estratégicos perseguidos con las mismas.
Con posterioridad a su aprobación, durante el mes de julio de 2026 se produjeron graves incendios forestales en diversos municipios de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid que ocasionaron importantes daños materiales y la pérdida o inutilización temporal de viviendas que constituían la residencia habitual y permanente de numerosas familias. La magnitud de la emergencia determinó la declaración de emergencia de interés nacional mediante la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, dada la extraordinaria afección producida sobre la población y el territorio.
La situación generada por estos incendios ha hecho necesaria la adopción de medidas excepcionales dirigidas a garantizar una solución habitacional inmediata a las personas afectadas, evitando situaciones de vulnerabilidad residencial sobrevenida y favoreciendo la recuperación de la normalidad en los municipios afectados. Con esta finalidad, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras considera necesario establecer una línea extraordinaria de ayudas urgentes al alquiler de vivienda destinada a las personas cuyas viviendas habituales hayan resultado dañadas como consecuencia de los incendios forestales.
La incorporación de esta nueva línea de ayudas al Plan Estratégico de Subvenciones responde a circunstancias sobrevenidas e imprevisibles en el momento de la aprobación de dicho instrumento de planificación, constituyendo una actuación de interés público, social y humanitario orientada a garantizar el acceso a una vivienda adecuada a las personas damnificadas por una situación de emergencia de protección civil.
En consecuencia, resulta necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para el período 2026-2028, incorporando una nueva línea de subvención en régimen de concesión directa denominada “Ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid”, en la que se concretan los objetivos perseguidos, los costes previsibles, las fuentes de financiación, el procedimiento de gestión y los mecanismos de seguimiento y evaluación exigidos por la normativa vigente en materia de subvenciones.
Asimismo, durante la ejecución de las actuaciones previstas en materia de movilidad rural se ha identificado la conveniencia de impulsar una actuación específica de “carsharing” rural orientada a ofrecer soluciones de movilidad compartida en aquellos ámbitos territoriales en los que las características de dispersión de la población, los patrones de desplazamiento existentes y la limitada demanda de transporte aconsejen la implantación de fórmulas complementarias a las actualmente previstas. Esta necesidad fue identificada con posterioridad a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028 y no pudo ser contemplada en el momento de su elaboración.
La actuación proyectada presenta un objeto material distinto de las subvenciones actualmente previstas para el fomento del transporte a la demanda mediante taxi en zonas rurales, al dirigirse específicamente a la implantación de servicios de carsharing rural, por lo que resulta necesaria la creación de una línea subvencional diferenciada que permita definir adecuadamente sus objetivos, beneficiarios, sistema de gestión y mecanismos de seguimiento.
En consecuencia, resulta necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para el período 2026-2028 incorporando también esta una nueva línea de subvención destinada al fomento de actuaciones de “carsharing” rural en zonas rurales de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo primero
Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para el período 2026-2028, incorporando al Anexo II las siguientes líneas de subvención:
a)	Ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid.
b)	Ayudas dirigidas al fomento de nuevas actuaciones de movilidad en zonas rurales de la Comunidad de Madrid.
Artículo segundo
Publicar el presente Plan Estratégico en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de agosto de 2026.
		El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, 		JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ
















(03/13.603/26)</texto>
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