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    <identificador>BOCM-20260902-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/09/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/07/14</fecha_disposicion>
    <titulo>Autorización instalación eléctrica
– Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de dos líneas subterráneas de 45 kV ubicadas en calle Maritornes, en el término municipal de Getafe, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número expediente: 2025P555 -14-0141-00555.8/2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
40RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de dos líneas subterráneas de 45 kV ubicadas en calle Maritornes, en el término municipal de Getafe, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número expediente: 2025P555 -14-0141-00555.8/2025.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 26 de mayo de 2025 y referencia 10/436746.9/25, tiene entrada en esta Dirección General escrito de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 9 de mayo de 2025, por María Moreno Minguito, con número de colegiado 23276, del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.
Segundo
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Anuncio de 30 de marzo de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de dos líneas subterráneas de 45 kV en calle Maritornes, en el término municipal de Getafe, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 16 de abril de 2026). Como resultado de la fase de información pública, no se han recibido alegaciones.
Tercero
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 14 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados, esto es: el Ayuntamiento de Getafe, el Canal de Isabel II, el Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación de: el Ayuntamiento de Getafe, el Canal de Isabel II y el Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid, lo que se entiende su conformidad con la autorización de la instalación.
Con fecha 11 de julio de 2025 y referencia 10/612774.9/25, se recibe de ADIF escrito en el que se informa de la necesidad de aportar determinada planimetría para poder manifestar su conformidad u oposición a la autorización de la instalación referenciada. Posteriormente, con fecha 2 de septiembre de 2025 y referencia 10/721054.9/25, se recibe de ADIF nuevo escrito en el que se manifiesta que, habiendo finalizado el plazo concedido para emitir su pronunciamiento y no habiéndose recibido la documentación anteriormente requerida, no es posible emitir el informe solicitado. Finalmente, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., mediante escrito de fecha 14 de mayo de 2026 y referencia 10/446828.9/26, aporta la documentación requerida por ADIF, no recibiéndose un nuevo pronunciamiento por parte de este organismo.
Cuarto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, el Decreto 86/2025, de 29 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, comunicación, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de dos líneas subterráneas de 45 kV, en calle Maritornes, del término municipal de Getafe, cuyas características son:
.	Instalación de dos nuevas líneas subterráneas de 45 kV, con origen en la sala de celdas de 45 kV de la subestación “Esparragal” y fin en la nueva conexión subterránea con la línea de 45 kV “3029-06 RETAMAR-AZMA” existente y cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:

Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2.  El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que, si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de autorización de explotación, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I.5 del Decreto 86/2025, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.
3.  La documentación a presentar con la solicitud de autorización de explotación deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones, concesiones o excepciones, incluida la relativa a la utilización de gases fluorados en la aparamenta, que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la Resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 14 de julio de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/13.185/26)</texto>
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