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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Boadilla del Monte. Régimen económico. Ordenanza
En sesión ordinaria celebrada con fecha 18 de septiembre de 2026, el Pleno de este Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación provisional de la imposición de la tasa por prestación de servicios municipales asociados a la celebración de eventos privados no benéficos, y su ordenación mediante la correspondiente ordenanza fiscal.
Dicho acuerdo de aprobación provisional se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un periódico de difusión en la Comunidad de Madrid y localidad, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente en el Departamento de Gestión Tributaria y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, conforme dispone el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Simultáneamente se publicará el texto de la modificación de la ordenanza en el portal de transparencia de la web municipal.
Si no fuere presentada reclamación o alegación alguna, este acuerdo de aprobación provisional será considerado definitivo.
En Boadilla del Monte, a 23 de septiembre de 2026..El concejal-delegado de Régimen Interior, Atención al Ciudadano, Hacienda, Contratación y Asuntos Jurídicos, Alfonso Vázquez Machero.
(03/15.375/26)</texto>
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