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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Ordenanzas</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Alcobendas. Régimen económico. Ordenanzas
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de aplicación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada 15 de julio de 2026, adoptó acuerdos provisionales de modificación de las siguientes ordenanzas: Número 1, general de gestión, recaudación e inspección; Número 3.6 reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local; Número 4.2 reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; establecimiento y ordenación de la Número 3.17 reguladora de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local con su estudio técnico-económico y derogación de la aprobada por el Pleno el 19 de diciembre de 2024 a la que sustituye. Para su aplicación a partir de 1 de enero de 2027.
En cumplimiento de lo establecido en los párrafos 1 y 2 del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expondrán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; además, deberá anunciarse en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del citado artículo 17, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Los expedientes de los acuerdos de referencia se hallan expuestos al público en el Ayuntamiento de Alcobendas, Subdirección General de Rentas y Exacciones, sita en la primera planta de plaza Mayor, número 1, a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra las mismas, ante el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Alcobendas, en el plazo de exposición pública.
Formas de presentación: en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas. En el Registro electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas, a través de su página web: www.alcobendas.org., o en cualquiera de los previstos en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Alcobendas, a 30 de septiembre de 2026..La alcaldesa-presidenta, Rocío Sara García Alcántara.
(03/15.959/26)</texto>
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