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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza</titulo>
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    <organismo>BECERRIL DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
59Becerril de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 se septiembre de 2026, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes y sede electrónica https://becerrildelasierra.sedelectronica.es (tablón de anuncios y Portal de Transparencia).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Becerril de la Sierra, a 25 de septiembre de 2026..El alcalde, José Luis Martín González.
(03/15.509/26)</texto>
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