Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
07-04-2020

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200407-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

1
ACUERDO de 18 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado de las urbanizaciones “Fuente Salineras” y “Siete Picos”, en el municipio de Collado Mediano, con destino a la financiación de las obras de construcción de las infraestructuras de alcantarillado.

Con fecha 6 de noviembre de 2018, se firmó la Adenda al Convenio para la Prestación del Servicio de Alcantarillado en el municipio de Collado Mediano, suscrito entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Collado Mediano, para la construcción de una red de alcantarillado en las urbanizaciones “Fuente Salineras” y “Siete Picos”, entre el Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Collado Mediano, y las referidas urbanizaciones.

Actualmente, las citadas urbanizaciones no cuentan con red de alcantarillado. La recogida y tratamiento de los vertidos se realiza por medio de fosas sépticas individuales situadas en las fincas de los particulares.

En el capítulo VI, estipulación decimocuarta de dicha Adenda, se establece que el coste de las obras de ejecución correspondientes se financiará con cargo a lo recaudado mediante una cuota suplementaria, a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro de agua que existan en cada momento en las citadas urbanizaciones, cuyo importe será de 110 euros, por unidad de suministro y factura. Si variara el período de facturación del consumo, se adecuará la cuota suplementaria indicada en la misma proporción en que varíe dicho período.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla la Adenda celebrada con el Ayuntamiento de Collado Mediano y las urbanizaciones “Fuente Salineras” y “Siete Picos”, ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establecen los artículos 6 y 7 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 12, de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, con el fin de dar cobertura al compromiso indicado, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad y previa deliberación, en su reunión del día 18 de marzo de 2020,

ACUERDA

Primero

Aprobar una cuota suplementaria de 110 euros a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro de agua de las urbanizaciones “Fuente Salineras” y “Siete Picos”, situadas en el término municipal de Collado Mediano, con destino a la financiación de las obras de construcción de una red de alcantarillado previstas en la Adenda, celebrada el 6 de noviembre de 2018, al “Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Collado Mediano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Collado Mediano”, para la construcción de una red de alcantarillado en las urbanizaciones “Fuente Salineras” y “Siete Picos”.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de marzo de 2020.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/9.166/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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