Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200123-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Retribuciones miembros corporación

En relación con las obligaciones en materia de transparencia dispuestas por el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, con fecha de 20 de agosto de 2019 se publicó anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID relativo a los acuerdos plenarios y decretos dictados al respecto.

Con posterioridad, se ha adoptado nuevo acuerdo plenario de fecha 19 de diciembre de 2019, básicamente con la finalidad de reconocer nuevas dedicaciones (una exclusiva y dos parciales). Y, correlativamente, con fecha de 23 y 26 de diciembre de 2019, y 9 de enero de 2019, se dictaron tres decretos determinando los miembros de la Corporación en los que recaerían las nuevas dedicaciones y la fecha de efectos.

En cumplimiento de la obligación dispuesta en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, por medio del presente se publica el contenido del acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2019, y decretos de Alcaldía de 23 y 26 de diciembre de 2019.

Téngase en cuenta que en la determinación como parciales y no como exclusivas de las dedicaciones relativas al concejal portavoz del grupo Más Madrid-Izquierda Unida-Equo y al concejal portavoz del grupo Izquierda Independiente Iniciativa por San Sebastián de los Reyes, se tuvo en cuenta la voluntad de los propios concejales portavoces implicados:

Acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2019

Primero.—Establecer las siguientes dedicaciones y sus correspondientes retribuciones de los miembros de la Corporación:

Las retribuciones se percibirán en catorce mensualidades y estarán sujetas a los descuentos que correspondan por impuestos y cuotas salariales a la Seguridad Social.

Resultan evidentes las razones de especial interés para el servicio que motivan en los cargos el reconocimiento de la dedicación y su correspondiente retribución, pues incentivan y remuneran las transcendentes labores llevadas a cabo en ellos; y tienen en cuenta las responsabilidades asumidas en cada caso.

La distribución de su jornada de trabajo será completamente libre para el concejal, sin perjuicio de la asistencia a órganos colegiados.

A efectos del artículo 75.2 de la Ley 7/1985, se establece referencialmente una dedicación mínima necesaria del 50 por 100.

Segundo.—Establecer la siguiente cantidad por asistencias a órganos colegiados, que tiene por objeto indemnizar cualquier gasto, de la naturaleza que sea, que la asistencia a las sesiones de los órganos colegiados le suponga al concejal que no tiene reconocida ninguna dedicación:

Tercero.—De conformidad con la disposición adicional primera de las bases de ejecución del presupuesto, las mejoras económicas que se produzcan por imperativo legal para el personal de este Ayuntamiento, serán igualmente aplicadas a las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación.

Decretos de Alcaldía de 23 y 26 de diciembre de 2019, y 9 de enero de 2020

San Sebastián de los Reyes, a 10 de enero de 2020.—El alcalde, Narciso Romero Morro.

(03/827/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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