Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200206-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

146
Móstoles número 2. Procedimiento 1314/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1314/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRENE GARMASIN MORENO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y TINFER INVERSIONES MN SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

AUTO

En Móstoles, a ocho de enero de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Sentencia de fecha 28/03/2019, en concreto en el Hecho Probado Primero, que quedaría redactado de la siguiente forma:

“ La actora Dª Irene Garmasin Moreno, prestaba sus servicios para la empresa demandada TIFER INVERSIONES MN S.L., con antigüedad de 18-09-2014, ostentando la categoría profesional de Encargada y percibiendo un salario mensual bruto prorrateado de 1.352’14 euros.”

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Dª. Ana Fernández Valenti.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TINFER INVERSIONES MN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a ocho de enero de dos mil veinte.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.093/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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