Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260220-63

Páginas: 57


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

63
Tres Cantos. Urbanismo. Plan especial

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos en sesión celebrada el 15.12.2025 ha adoptado el acuerdo número 073/2025, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“…1. Aprobar definitivamente el Plan Especial de iniciativa municipal para la ordenación de la ZO.8, sometido a las condiciones señaladas en la Declaración Ambiental Estratégica e incluidas en los documentos aportados el 21.11.2025 (RE 36388/2025: planos, RE 36395/2025: Anexos, RE 36396/2025: Estudio Ambiental Estratégico) y el 30.11.2025, RE 37453/2025: Memoria. El promotor deberá aportar, debidamente registrada de entrada, toda la documentación aprobada definitivamente en formato editable, para su depósito y custodia en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.

2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la consejería competente en materia de ordenación urbanística.

3. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del articulado de las normas urbanísticas del Plan Especial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor, con indicación de haber procedido a su depósito en el Registro Administrativo. Se publicará igualmente la documentación indicada en el art. 26 de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, debiendo ser remitido el anuncio en un plazo de diez días desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.

4. Publicar en el portal de transparencia el acuerdo de aprobación definitiva, el documento íntegro y completo aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, así como todos los informes sectoriales emitidos por las administraciones y organismos competentes.

5. Expedir certificación del acuerdo de aprobación definitiva para su incorporación al expediente.

6. Dar traslado a Secretaría General para que se lleven a cabo los trámites necesarios en el inventario municipal en relación con las parcelas resultantes del plan especial, así como a la Gerencia Regional del Catastro”.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y con el fin de que entren en vigor las determinaciones contenidas en dicho plan especial, se procede a la publicación de sus normas urbanísticas, que se adjuntan como anexo al presente anuncio.

Asimismo, y conforme al artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, y artículo 26.e) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, este anuncio, junto con los planos y el documento técnico completo, así como los informes sectoriales emitidos durante la tramitación del expresado Plan Especial, se publicará también en la página web del Ayuntamiento de Tres Cantos, a la que se puede acceder desde el siguiente enlace: https://web.trescantos.es/publicacion/planes-especiales/

En cumplimiento de lo establecido en el art. 26 de la Ley 21/2013, como Anexo II se incorpora:

— Un extracto que incluye los siguientes aspectos:

1.o De qué manera se han integrado en el plan los aspectos ambientales.

2.o Cómo se ha tomado en consideración en el plan el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas y la declaración ambiental estratégica.

3.o Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

— Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001 antes mencionada, indicándose que el acuerdo objeto de publicación pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de conformidad con el artículo 46 de esta última Ley, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.













































































































Tres Cantos, a 11 de febrero de 2026.—La cuarta teniente de alcalde, M.a del Mar Sánchez Chico de Guzmán.

(03/2.142/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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