Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2026

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260813-16

Páginas: 21


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2026, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2026-2027.

La Viceconsejería de Política y Organización Educativa tiene encomendado el ejercicio de las competencias que corresponden a la Consejería de Educación para el desempeño de la función inspectora en materia de educación, en orden a garantizar el cumplimiento de las leyes y la mejora de la calidad del sistema educativo, de acuerdo con lo que se señala en el artículo 5.1.m) del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. En particular, se atribuye a la Viceconsejería de Política y Organización Educativa la dirección de la Inspección Educativa, así como el establecimiento de los planes de actuación para el cumplimiento de sus funciones.

Igualmente, el artículo 7 del Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa en la Comunidad de Madrid indica que la Inspección Educativa debe actuar conforme a los planes generales plurianuales que se concretarán antes del inicio de cada curso escolar en planes anuales de actuación.

La Resolución de 23 de julio de 2025, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, aprobó el Plan General Plurianual de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid para los cursos 2025-2026, 2026-2027, 2027-2028 y 2028-2029. Este Plan, que supuso una continuidad respecto del anterior Plan General Plurianual, se centra en cuatro aspectos básicos que han demostrado su eficiencia en la mejora del funcionamiento del sistema educativo: la convivencia escolar, la atención a las diferencias individuales de los alumnos, la organización y los resultados de los centros y, por último, la evaluación de la función directiva. Para cada uno de estos aspectos, se ha establecido en el Plan General Plurianual una actuación habitual de mayor relevancia.

Mediante la presente Resolución, se concreta el desarrollo de estas actuaciones durante el curso 2026-2027 y se establece el correspondiente Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa, a partir del cual los servicios territoriales de Inspección Educativa diseñarán sus planes territoriales, que serán aprobados por los respectivos titulares de las Direcciones de Área Territorial, con la estructura establecida en el artículo 26.3 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se desarrolla el Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid.

El Plan Anual de Actuación del curso 2026-2027 se ha elaborado por la Subdirección General de Inspección Educativa a partir de las conclusiones y propuestas recogidas en la evaluación de todas las actuaciones efectuadas en el Plan Anual de Actuación del curso 2025-2026 y de la consulta a los jefes de los servicios territoriales de Inspección Educativa, a los Directores de Área Territorial y a los demás órganos directivos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

En consecuencia, la Subdirección General de Inspección Educativa propone, para su aprobación, el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa, que constituirá el marco de referencia para el curso escolar 2026-2027 y cuyas actuaciones habrán de desarrollarse bajo la coordinación de dicha Subdirección General.

En el Decreto 61/2019, de 9 de julio, se establece que los planes generales plurianuales y los planes anuales de actuación serán aprobados por el órgano administrativo que en cada momento ostente la competencia en materia de Inspección Educativa.

Así, a propuesta de la Subdirección General de Inspección Educativa, he resuelto aprobar el Plan Anual de Actuación de la Inspección para el curso escolar 2026-2027 que se acompaña como Anexo I a esta Resolución.

Madrid, a 30 de julio de 2026.—El Viceconsejero de Política y Organización Educativa, José Carlos Fernández Borreguero.





































(03/13.113/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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