Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260813-42

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ACUERDO 62/2026, de 23 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Infraestructuras Mejora del Saneamiento del Real Cortijo de San Isidro en Aranjuez, en el término municipal de Aranjuez, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 23 de julio de 2026, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 16 de julio de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Resolver las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública, estimándolas o desestimándolas en los términos y por los motivos recogidos en los informes técnico y jurídico antes citados.

Segundo

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras “Mejora del Saneamiento del Real Cortijo de San Isidro en Aranjuez”, en el término municipal de Aranjuez, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P., de conformidad con el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57, 59 y 62.2 de la misma Ley.

Tercero

Remitir al Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Comunidad de Madrid un ejemplar completo del Plan Especial aprobado, a fin de que proceda de oficio a su inscripción, conforme al artículo 65.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Una vez inscrito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y con el artículo 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Asimismo, deberá garantizarse la información prevista en los artículos 16 y 26 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Notificar el presente acuerdo a Canal de Isabel II, S. A., M. P., y al Ayuntamiento de Aranjuez, a los efectos oportunos.

Madrid, a 23 de julio de 2026.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, Manuel Miguel Beceiro Garat.

(01/13.088/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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