Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090106-0180
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 35 DE MADRID EDICTO Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social número 35 de los de Madrid y su provincia. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Juan Carlos López Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Asistencia Lemans Madrid, Sociedad Limitada”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 751 de 2008, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Conclusiones: Por las partes se elevan a definitivas las conclusiones provisionales formuladas y se valoran las pruebas practicadas en apoyo de sus respectivas solicitudes, con lo que por su señoría se tiene por finalizado el presente acto que ha sido grabado en soporte audiovisual que se unirá a la presente como anexo I. Su señoría procede en este mismo acto a dictar sentencia “in voce” en los siguientes términos: Constatado que el pago de prestaciones de incapacidad transitoria por parte de la demandada en concepto de pago delegado correspondían a la base de cotización del mes anterior a la baja, si bien esta base de cotización era inferior a la que marcaba el colectivo del sector para la categoría del demandante, procede estimar necesariamente la demanda, existe una clara infracotización, y condenar como responsable principal a la empresa demandada al pago de la cantidad de 47,67 euros; cuantía que deberá ser anticipada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sin perjuicio de repetir contra la empresa condenada. Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno. Se procede a notificar esta sentencia a las partes, las cuales firmarán esta acta en prueba de ello, con entrega de testimonio. Se acuerda notificar la sentencia a las partes incomparecidas por correo certificado con acuse de recibo. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Lemans Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/35.833/08) |

