Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090107-0061
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía SALA DE LO SOCIAL EDICTO Don César Pérez Cadenas, secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga. Certifico: En el recurso de suplicación número 2.084 de 2008 se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal: En Málaga, a 5 de diciembre de 2008.—Presidente, ilustrísimo señor don Francisco Javier Vela Torres; ilustrísimos-magistrados, don José Luis Barragán Morales y don Manuel Martín Hernández Carrillo. La Sala de lo social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los ilustrísimos señores citados, y en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia, en el recurso de suplicación número 2.084 de 2008, interpuesto por doña Carmen Ojeda Sánchez contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 5 de Málaga, en fecha 10 de abril de 2008, ha sido ponente el ilustrísimo señor don José Luis Barragán Morales. Fallamos Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por doña Carmen Ojeda Sánchez contra el auto dictado por el Juzgado de lo social número 8 de Málaga, con fecha 10 de abril de 2008, en ejecución número 32 de 2007, sobre despido, seguida a instancias de dicha recurrente contra “Unisales Telefonía y Comunicación, Sociedad Anónima”, con intervención de Fondo de Garantía Salarial, y confirmamos ese auto así como el de 13 de abril de 2007. Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, advirtiéndoles de que contra la misma cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, el que deberá prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo. Líbrese certificación de la presente sentencia para el rollo a archivar en este Tribunal incorporándose su original al correspondiente libro. Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Y para que conste y sirva de notificación a la demandada “Unisales Telefonía y Comunicación, Sociedad Anónima”, cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Málaga, a 5 de diciembre de 2008.—El secretario de la Sala (firmado). (03/35.823/08) |

