Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-01-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090107-0089

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 59
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento de menor cuantía número 208 de 1999, sobre otras materias, se ha dictado propuesta de providencia del siguiente tenor literal:

Propuesta de providencia de la secretaria, doña María Teresa Carrión Castillo.—En Madrid, a 31 de marzo de 1999.

Por recibido en este Juzgado el anterior escrito de demanda, documentos y poder debidamente bastanteado y copias simples, regístrese en el libro de su clase, numérese y fórmese el correspondiente juicio de menor cuantía, teniéndose como parte en el mismo a “Argentaria, Banco Hipotecario y Caja Postal, Sociedad Anónima”, y en su nombre al procurador don Javier Domínguez López, representación que acredita ostentar con la copia de escritura de poder general para pleitos, que, en su caso, le será devuelta una vez testimoniada en autos, entendiéndose con el referido procurador las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley.

Se admite a trámite la demanda, que se sustanciará de conformidad con lo preceptuado por los artículos 680 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entendiéndose dirigida la misma frente a don Enrique Montánchez Salvadores, doña Isabel Montánchez Salvadores, don Arturo Gabriel Gómez Villalva e “Infocorp Comunicación Corporativa, Sociedad Anónima”, a quien se emplazará en legal forma para que, si le conviniere, se persone en los autos dentro del término de veinte días por medio de abogado que le defienda y procurador que le represente y conteste a la demanda, bajo apercibimiento que de no verificarlo será declarado en situación legal de rebeldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación a la demanda.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Lo que así se propone y firma. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de primera instancia (firmado).—La secretaria (firmado).

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada “Infocorp Comunicación Corporativa, Sociedad Anónima”, extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento en legal forma.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/16.846/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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