Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090108-0085
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 164 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Atanasov Zanev, contra la empresa “Intercargo Express, Sociedad Limitada Laboral”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Auto En Madrid, a 3 de diciembre de 2008. Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Iván Atanasov Zanez, contra “Intercargo Express, Sociedad Limitada Laboral”, por un importe de 14.388,38 euros de principal, más 2.877,67 euros y para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2512, sito en calle Orense, número 19, de Madrid. d) Se acuerda el embargo y precinto de los vehículos propiedad de la apremiada que a continuación se describen, con los datos de identificación conocidos: Matrícula: 9442DMZ. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Camión LT 35 2.8. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ6H 002845. Matrícula: 9440DMZ. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Camión LT 35 2.5. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ6H 001220. Matrícula: 7428DWX. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Furgoneta LT 35 2.5. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ6H 010112. Matrícula: 7421DWX. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Furgón LT 35 2.8. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ6H 019915. Matrícula: 5209DSY. Marca: “Citröen”. Modelo: Turismo C3 1.4. Número de bastidor: VF7HB8HZB28 075584. Matrícula: 4072BNZ. Marca: “Renault”. Modelo: Furgoneta R.V.I. Master. Número de bastidor: VF1FDCCL523 748568. Matrícula: 1782DXR. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Camión caja LTÑ46 Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ6H 000691. Matrícula: 1400DHL. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Camión Furgón LT 35 2.5. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ5H 019745. Matrícula: 1379DHL. Marca: “Volkswagen”. Modelo: Camión Furgón LT 35 2.8. Número de bastidor: WV1ZZZ2DZ5H 026439. Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. Remítase asimismo el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. Ofíciese al registrador de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, a fin de que remita certificación de los datos registrales de inmuebles propiedad de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intercargo Express, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a 3 diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.025/08) |

