Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-01-2009

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090108-0005

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

Delegación del Gobierno en Madrid

Área de Trabajo e Inmigración

EDICTO

Don Carlos Mora Almudí, director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( “Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hace saber a doña Franca Janutolo Revel-Chion, cuyo último domicilio conocido es calle Ayala, número 154, de Madrid, que la Subdirección General de Fomento y Desarrollo Empresarial y Registro de Entidades, ha emitido resolución con fecha 13 de marzo de 2008, en virtud de la cual se declara extinguida la deuda relacionada con el préstamo concedido mediante resolución de fecha 21 de diciembre de 1981, entre el Estado (Fondo Nacional de Protección al Trabajo) y la citada persona, y que no ha podido ser notificada por desconocido, ignorado paradero o rehusado.

Dicha resolución se encuentra a la vista del interesado en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, sita en la calle Serrano, número 69, quinta planta, de Madrid.

Asimismo, se comunica que contra la presente Resolución cabe recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Secretario General de Empleo, que podrá interponerse en el plazo de un mes, desde la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y demás concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 12 de noviembre de 2008.—(Firmado.)

(02/15.815/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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