Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090109-0050
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Instruido el expediente relativo a la extinción por cese de actividades de un centro docente privado de Educación Infantil denominado “Santa Claus”, con domicilio en la calle Arturo Baldasano, números 22-24, de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 15.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de extinción por cese de actividades de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 5568/2008, de 2 de diciembre, de la Consejera de Educación: Primero Extinguir, de conformidad con el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por cese de actividades a instancias de la titularidad del centro, la autorización del centro de Educación Infantil que se relaciona a continuación: Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: “Santa Claus”. Número de código: 28014375. Titular: “Santa Claus, Sociedad Limitada”. Domicilio: Calle Arturo Baldasano, números 22-24. Localidad: Madrid. Municipio: Madrid. Segundo La presente extinción se producirá con efectos de comienzo del curso académico 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos. Tercero La presente Orden deroga y deja sin valor la que autorizó el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a la normativa vigente en materia educativa. Cuarto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir. En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez. (03/36.598/08) |

