Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-01-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090110-0373

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1
DE GETAFE

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Getafe.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 256 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Ramón Gallardo Sánchez, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Getafe, habiendo visto la presente causa que sigue en este Juzgado con el número referenciado en la que han sido parte: como denunciante, don Raúl Jiménez Muñoz, y como denunciado, don Younes Rabok, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia:

Que debo condenar y condeno a don Younes Rabok, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes multa, a razón de 6 euros/día, en total 180 euros de multa, con quince días de arresto sustitutorio, caso de impago, y al pago de las costas procesales, si se hubieren causado.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, recurso que se formulará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y que conste y sirva de notificación de sentencia a don Younes Rabok, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 5 de diciembre de 2008.—la secretaria (firmado).

(03/36.244/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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