Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090110-0399
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 520 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Pérez Martínez, contra la empresa “Networks Support, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 432 de 2008 En Madrid, a 2 de diciembre de 2008.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante doña Sara Pérez Martínez, que comparece con asistencia de letrado don Alberto Delgado Jiménez, y otra como demandada “Networks Support, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citado en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimo la demanda de la actora, doña Sara Pérez Martínez, y declaro debida la cantidad de 1.919,30 euros, por concepto de liquidación. En consecuencia condeno a la empresa demandada, “Networks Support, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a la actora la cantidad anteriormente señalada. Asimismo, declaro la mora de la demandada y a la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago. Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial que responderá de las cantidades objeto de condena hasta el límite legal, no extendiéndose a dicho organismo la declaración de mora. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Networks Support, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.430/08) |

