Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090116-0175

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 1.393 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pilar Gutiérrez Arnau, contra la empresa “Estante y Diseño, Sociedad Limitada Unipersonal” y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda de despido entablada por doña María del Pilar Gutiérrez Arnau, contra la empresa “Estante y Diseño, Sociedad Limitada Unipersonal” y con citación de Fondo de Garantía Salarial, declaró improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 3 de octubre de 2008 y, en consecuencia, condeno a la entidad demandada a readmitir a la actora en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido o bien a su elección formulada en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución ante la Secretaría del Juzgado, a abonar a la trabajadora una indemnización por importe de 4.860,41 euros; condenando en cualquier caso a la empresa a abonar a la actora los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente sentencia, si bien descontando el período comprendido del 3 al 7 de octubre de 2008, y ello con arreglo al salario declarado probado.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda a Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia al Servicio Público de Empleo a los efectos oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estante y Diseño, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/390/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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