Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-01-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090117-0373

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE ALMERÍA

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su provincia.

Por medio del presente edicto, hace saber: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 287 de 2008, dimanante de los autos número 189 de 2007, a instancias de don Vicente López Bernabéu, frente a las empresas “ETT Hispajob, Sociedad Anónima”, y “Ericsson Network Services, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, habiéndose dictado el siguiente

Auto

En la ciudad de Almería, a 5 de diciembre de 2008.

Dispongo: Procédase a la ejecución y se decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parte ejecutada suficientes para cubrir la cantidad de 5.468,37 euros en concepto de principal, más la de 546,83 euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 546,83 euros que igualmente se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la práctica de la diligencia de embargo por la comisión judicial del Juzgado, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese preciso, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establecen los artículos 592, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; advirtiéndose a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiere nombrar depositario en el acto de su práctica a expensas de lo previsto en el artículo 251 de la Ley de Procedimiento Laboral, y a la parte ejecutada que deberá efectuar manifestación sobre bienes o derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 247 del precitado cuerpo legal, y para el caso de que no se tuviere conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos para que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de los que tengan constancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe el recurso de reposición, ante este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad. Y a la ejecutada mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, librándose los despachos necesarios.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan Carlos Aparicio Tobaruela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su partido.—Firmado y rubricado.

Y para que conste y sirva de notificación del auto a la empresa “ETT Hispajob, Sociedad Anónima”, actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en el paseo de la Castellana, número 86, novena planta, 28046 Madrid, expido y firmo el presente en Almería, a 5 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado).

(03/577/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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