Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090117-0031
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN Tesorería General de la Seguridad Social Dir ección Provincial del Madrid Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/03 EDICTO DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Nicasio Fuentes Cobos, recaudador ejecutivo de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/03 de Madrid, con domicilio en la calle Fuencarral, número 77, cuarta planta. Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra CAMPIÑA COT SARA, por deudas a la Seguridad Social por el Régimen GENERAL, y cuyo último domicilio conocido es el SANTIAGO BERNABEU 16 de MADRID, y como CONYUGE JOSE ANTONIO GUTIERREZ FUENTES y cuyo último domicilio conocido es el SANTIAGO BERNABEU 16 de MADRID, y como COTIUTLAR CARLOS CAMPIÑA COT y cuyo último domicilio conocido es el TR SEÑORES DE LUZON 1 de MADRID se procedió con fecha de 07 de enero de 2008 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe: Tipo/Identificador 10 28170398544 Régimen 0111. Número expediente 28 03 08 00307556. Nombre/Razón social CAMPIÑA COT SARA. Domicilio CL SANTIAGO BERNABEU 16. Localidad 28036-MADRID. Número de documento 28 03 501 09 000408696. DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA - 501): DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 001073357Q, por deudas a la Seguridad Social una vea notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NÚM. DE P. APREMIO. — PERÍODO. — RÉGIMEN 28 08 034785723. — 02 2007/02 2007. — 0111. 28 08 034785824. — 03 2007/03 2007. — 0111. 28 08 034786026. — 05 2007/05 2007. — 0111. 28 08 034786228. — 06 2007/06 2007. — 0111. 28 08 034786329. — 06 2007/06 2007. — 0111. 28 08 034786430. — 07 2007/07 2007. — 0111. 28 08 034786531. — 08 2007/08 2007. — 0111. 28 08 034786632. — 09 2007/09 2007. — 0111. 28 08 060785056. — 10 2004/10 2007. — 0111. 28 08 060785157. — 11 2007/11 2007. — 0111. 28 08 060785258. — 11 2007/11 2007. — 0111. 28 08 060785460. — 12 2007/12 2007. — 0111. 28 08 060785561. — 01 2008/01 2008. — 0111. 28 08 060785662. — 02 2008/02 2008. — 0111. 28 08 034786127. — 06 2007/06 2007. — 0111. 28 08 060785359. — 12 2007/12 2007. — 0111. 28 08 034785925. — 04 2007/04 2007. — 0111. IMPORTE DEL PRINCIPAL: 107.017,01 euros. RECARGOS DE APREMIO: 21.845,29 euros. INTERESES: 11.061,46 euros. COSTAS DEVENGADAS: 00,00 euros. COSTAS PRESUPUESTAS: 750,00 euros. TOTAL DÉBITOS: 140.673,76 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del l Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifique se esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicando les que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a los efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servir para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, considerada la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no exceda el 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en un plazo no superior a quince días desde sus designación. Dicha valoración, que será la definitiva aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para aplicar el tipo de la subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitara certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevaran a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización para la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de diez días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Madrid, a 7 de enero de 2009.—El recaudador ejecutivo, Nicasio Fuentes Cobos. DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS: DEUDOR: CAMPIÑA COT SARA. FINCA NUMERO: 01. DESCRIPCIÓN FINCA: PLAZA DE GARAJE 1/25 AVA PARTE. TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: SANTIAGO BERNABEU NÚMERO VÍA: 14 PISO: PUERTA: COD POST: 28036 COD-MUNI: 28079. DATOS REGISTRO: NÚMERO REGISTRO: 14 NÚMERO TOMO: 0752 NÚMERO LIBRO: 040 NÚMERO FOLIO: 0070 NÚMERO FINCA: 0604. DESCRIPCION AMPLIADA: SE EMBARGA 1/25 AVA PARTE PLAZA GARAJE. FINCA NUMERO: 02. DESCRIPCIÓN FINCA: URBANA PISO 1º DCHA. TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: SANTIAGO BERNABEU NÚMERO VÍA: 16 PISO: 1 PUERTA: DE COD POST: 28036 COD-MUNI: 28079. DATOS REGISTRO: NÚMERO REGISTRO: 14 NÚMERO TOMO: 919 NÚMERO LIBRO:491 NÚMERO FOLIO: 0138 NÚMERO FINCA: 19952. DESCRIPCION AMPLIADA: SE EMBARGA 100 POR 100 PLENO DOMINIO POR COMPRAVENTA CARÁCTER GANANCIAL. FINCA NUMERO: 03. DESCRIPCIÓN FINCA: URBANA GUANCHA 12 PLANTA 4 IZQ. TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: GUANCHA NÚMERO VÍA: 12 PISO: 4 PUERTA: IZQ COD POST: 28017 COD-MUNI: 28079. DATOS REGISTRO: NÚMERO REGISTRO: 17 NÚMERO TOMO: 1718 NÚMERO LIBRO: 0732 NÚMERO FOLIO: 097 NÚMERO FINCA: 41538. DESCRIPCION AMPLIADA: SE EMBARGA 50 POR 100 PLENO DOMINIO CARÁCTER PRIVATIVO. Madrid, a 7 de enero de 2009.—El recaudador ejecutivo, Nicasio Fuentes Cobos. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/05 NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS Doña Begoña Pérez Gordillo, recaudadora ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 5 de las de Madrid, con domicilio en la calle Maqueda, número 138, de Madrid. Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos. La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. Solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común., lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Madrid, 17 de diciembre 2008.—La recaudadora ejecutiva, Begoña Pérez Gordillo. NOMBRE RAZON SOCIAL: PACHON ENRIQUE NOE NUM. EXPED.: 28 05 07 00038624 TIPO/IDENT.: 10 28159009969 REG.: 0111 N. EMBARGO: 01 TIPO DE BIEN: 02 SITUACION: 02 DATOS FINCA URBANA TIPO VIA: CL NOM. VIA: GALICIA N. VIA: 00019 BIS-N. VIA: ESCALERA: PISO: 9º PUERTA: D C. POST: 28942 C. MUNI: 28058. DESCRIPCION: 50 POR 100 DEL PISO C/GALICIA 19-9º-D FUENLABRADA NUMERO TOMO: 1554 NUMERO LIBRO: 0461 NUMERO FOLIO: 0042 NUMERO FINCA: 36717 LETRA: A. URBANA DE NATURALEZA VIVIENDA, EN LA VIA PUBLICA DE CALLE GALICIA, NUMERO 19 PLANTA 9, PUERTA D, URBANIZACION EL NARANJO DE FUENLABRADA. SUPERFICIE COSNTRUIDA: NOVENTA Y CUATRO METROS, CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS. PARTICIPA EN LA DIVISION HORIZONTAL CON UNA CUOTA DE DOS ENTEROS, QUINIENTAS VEINTISIETE MILESIMAS POR CIENTO. IMPORTE DE LA TASACION: 62.111,74 EUROS. NOMBRE RAZON SOCIAL: SANCHEZ HERNANDEZ SEGISMUNDO. NUM. EXPED.: 28 05 05 00230950 TIPO/IDENT.: 07 280262913844 REG.: 0521. NOM. FINCA: EGIDO PROVIN.: SALAMANCA LOCALIDAD: OLMEDO DE CAMARES TERMINO: VITIGUDINO CULTIVO: TERRENO CABIDA:0, 5228 Ha. LINDE N.: FINCA 183 SALUSTIANO MANZ LINDE E.: CRR. OLENDO A S. FLEICES. LINDE S.: CRR. OLMEDO A S. FLEICES LINDE O.: CAMINO LAS CABEZAS. NUMERO TOMO: 1524 NUMERO LIBRO: 0033 NUMERO FOLIO: 0072. NUMERO FINCA: 4847 RUSTICA. — EN MUNICIPIO OLMEDO CAMACES, FINCA 4847, EN EL PARAJE DE EGIDO, PARCELA 184, POLIGONO 16, CON UNA SUPERFICIE DE HA = 5 A = 22 CA = 80, TERRENO, CON LOS LINDEROS DICHOS. IMPORTE DE TASACION: 4.421,12 EUROS. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/06 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la calle Mallorca, número 6, 28012 Madrid. Hago saber: Que en el expediente ejecutivo número 28 06 05 00192740 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra la deudora MARIA SOLEDAD MARTIN RODRIGUEZ, D.N.I.: 51.944.866-X, cuyo último domicilio conocido es calle Los Riojanos número 14 – Bajo H, 28038 Madrid, por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, se ha dictado providencia de subasta pública de bienes inmuebles, propiedad de la deudora y de Francisco Javier López Olea, cuyo último domicilio conocido es calle Los Riojanos número 14 – Baja H, 28038 Madrid, que a continuación se transcribe: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al deudor, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social y en virtud de lo establecido en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se publica la presente providencia de subasta, a fin de que surta efectos como notificación a la empresa afectada. PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 2 de diciembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad de la deudora, procédase a la celebración de la citada subasta el día 10 de febrero de 2009, a las 10 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta. Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia a la deudora, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de bienes. RELACION DE BIENES QUE SE SUBASTAN: FINCA URBANA: 100 por 100 Pleno dominio con carácter ganancial de vivienda en calle Los Riojanos número 14, bajo H, 28038 Madrid, superficie construida 102,27 metros cuadrados, superficie útil 78 metros cuadrados, cuota de edificio 0,48 por 100, cuota de portal 1,25 por 100. DATOS DEL REGISTRO: Finca 131491 Tomo 1627 Libro 1615 Folio 3 Registro de la Propiedad número 10 de Madrid. Valor de la Tasación: 282.265 Euros. Cargas que deberán quedar subsistentes: U.C.I., S.A. – ESTABL., Hipoteca, Importe: 224.360,95 Tipo de Subasta: 57.904,05 Euros Madrid, a 11 de diciembre de 2008.—El recaudador ejecutivo. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/07 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Antonio López López, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/07, con sede en la calle Guzmán El Bueno, número 30, 28015 Madrid. Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) según redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del día 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001 de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACION de los bienes inmuebles abajo descritos. La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior de quince días desde su designación. Dicha valoración que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Y para que sirva de NOTIFICACION EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto 1/1994 de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS CON VALORACION DE LOS MISMOS: DEUDOR: REDONDO ALONSO, GERARDO. EXPEDIENTE: 28070300177512. DNI/CIF: 012088638E. DATOS DE LA FINCA URBANA: Vivienda 50 por 100 del usufructo vitalicio número 63 planta sexta escalera del cuerpo A del edificio Coblanca número 32. Ocupa una superficie construida de 112,96 metros cuadrados y útil de 100,63 metros cuadrados. DATOS DEL REGISTRO: Registro de Benidorm número 1. Tomo número 787, folio 169, libro 395, Finca 35866. IMPORTE DE LA TASACIÓN: 17.512,31 euros. DEUDOR: ARNANZ SEBASTIAN, VICENTE. EXPEDIENTE: 28070500034995. DNI/CIF: 000648295V. DATOS DE LA FINCA URBANA: Un 16,6667 por ciento en nuda propiedad de la vivienda sita en la calle Eloy Gonzalo número veinte. Se compone de tienda propiamente dicha, dos obradores y un horno. Ocupa una superficie de cincuenta y seis metros cuadrados. Cuota: diez enteros sesenta centésimas por ciento. DATOS DEL REGISTRO: Registro de Madrid número 28. Tomo número 1038, folio 146, libro 255, Finca 6810. IMPORTE DE LA TASACIÓN: 64.076,83 euros. EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PUBLICA DE BIENES INMUEBLES Don Antonio López López, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/07, con sede en la calle Guzmán El Bueno, número 30, 28015 Madrid. Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio 28 07 05 00034995 por deudas a la Seguridad Social contra ARNANZ SEBASTIÁN, VICENTE con NAF 280915188627 y NIF 000648295V, con domicilio en CL CÁNDIDO MATEOS 19, 28035 MADRID, se ha procedido con fecha 28 de noviembre de 2008 a dictar la siguiente providencia. PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 28 de noviembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 10 de febrero de 2009 a las 10 horas, en la calle Agustín de Foxá 28-30 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta. Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor ARNANZ SEBASTIÁN VICENTE y, en su caso, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de las anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. DESCRIPCION DE LA FINCA A ENAJENAR: Vivienda urbana: un 16,6667 por 100 en nuda propiedad del local sito en calle Eloy Gonzalo número veinte de Madrid. Se compone de tienda propiamente dicha, dos obradores y un horno. Ocupa una superficie de cincuenta y seis metros cuadrados. Cuota: diez enteros sesenta centésimas por ciento. Datos del Registro: Registro de Madrid número 28. Tomo 1038. Folio 146. Libro 255. Finca número 6810. Importe de la tasación: 64.076,83 euros. Cargas que deberán quedar subsistentes: Hipoteca La Caixa 52.106,16 euros. Tipo de subasta: 11.970,67 euros. EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES Don Antonio López López, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/07, con sede en la calle Guzmán El Bueno número 30, 28015 Madrid. Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio 28 29 94 00828894 por deudas a la Seguridad Social contra MOLINA ESCALERA MARIA DEL CARMEN con NAF 280390891095 y NIF 001473834V, con domicilio en CL GRAN VIA 12, 28220 MAJADAHONDA (MADRID), se ha procedido con fecha 5 de diciembre de 2008 a dictar la siguiente providencia. PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 5 de diciembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de febrero de 2009 a las 10 horas, en la calle Agustín de Foxá 28-30 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta. Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en la relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor MOLINA DE LA ESCALERA MARIA CARMEN y, en su caso, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de las anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. DESCRIPCION DE LA FINCA A ENAJENAR: Parcela de terreno en término municipal de Majadahonda, al sitio de Lagartera, hoy calle Ronda de las Delicias numero 15, que mide 673,20 metros cuadrados. Sobre la superficie de la misma hay construido un chalet con sótano y dos plantas que ocupa una superficie construida de 297,52 metros cuadrados. El sótano está dedicado a garaje y mide 44,52 metros cuadrados; la planta baja compuesta de salón-comedor, vestíbulo, cuarto de estar, cocina, baño y un dormitorio mide 160,00 metros cuadrados y la planta alta con cuatro dormitorios y dos baños ocupa una superficie de 93,00 metros cuadrados. Tiene los servicios de agua, calefacción y energía eléctrica. El resto de la parcela se dedica a jardín. Datos del Registro: Registro de Majadahonda número 1. Tomo 2793. Folio 138. Libro 98. Finca número 6015. Importe de la tasación: 975.113,00 euros. Cargas que deberán quedar subsistentes: Hipoteca La Caixa 259.887,48 euros. Tipo de subasta: 715.225,52 euros. Madrid, a 12 de diciembre de 2008.—El recaudador ejecutivo. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 EDICTO NOTIFICACIÓN DE ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES Don Agustín Rama Manzano, recaudador ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de Madrid, calle Juan de Urbieta, número 44. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor QUEZADA GONZALEZ JOSE ABDON, con número de Expediente 28080600345208, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por la Directora Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 18 de diciembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor arriba referenciado, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 12 de marzo de 2009, a las 10:00 horas, en C/Agustín de Foxá, 28-30 (Madrid), y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta. Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los abajo indicados. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio: Tipo de finca: Urbana. Descripción: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL DEL PISO EN MADRID. Tipo de Via: CL Nombre de Via: BUENAVISTA NÚMERO 14 Esc. PISO: BJ PT.: Cód. Post-28012 Cód. Muni-28079. Datos Registrales: Número Registro: Número Tomo 1762 Número Libro 340 Número Folio: 63 Número Finca: 18042. Importe de Tasación: 149.712,00 euros. Cargas que deberán quedar subsistentes: FUNDING CORPORATION, EFC, S. A GMAC RESIDENTIAL, HIPOTECA-IMPORTE:233.347,14 EUROS. Tipo de Subasta: 10.207,81 euros. TITULARES: JACKELINE GEOVANI FLORES DE QUEZADA, D.N.I.: 0X3159515M. JOSE ABDON QUEZADA GONZALEZ, D.N.I. 0X3618451E. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO PARA SU SOCIEDAD DE GANANCIALES POR TITULO DE COMPRA. HIPOTECA A FAVOR DE GMAC RESIDENTIAL FUNDING CORPORATION EFC, S.A. Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer. Madrid, 8 de enero de 2009.—El jefe de la Unidad, Agustín Rama Manzano. EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA AL ADMINISTRADOR EXPTE. 28/08/07/00210445. Don Agustín Rama Manzano, recaudador ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de Madrid, calle Juan de Urbieta, número 44. Hace saber: De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. PABLO MENDOZA RIVERO, con D.N.I. 033521021Q figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de la Sociedad HERMOSILLA DECORACION, S.L. CIF 0B83918136, la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 6.580,68 euros (períodos 05 a 07/2007). De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260, apartado 1, puntos 3,4,5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1 letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25) se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto. A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a quince días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de las de Madrid, sita en la calle Juan de Urbieta 44 (C.P. 28007). Teléfono 915010251, FAX 915021276. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar. Madrid, a 8 enero de 2009.—El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/09 EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Doña María José Moreno Arróniz, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, número 11, 28039 Madrid. Hago saber: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente: DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. Exp.: 2809 0800257845 DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ARTURO FERNANDO NUÑEZ BARRETO con NIF 50.770.348-X, domiciliado en Madrid, calle de Hernani núm. 30 3º-izquierda y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. DECLARO EMBARGADO los inmuebles pertenecientes al deudor que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” núm. 153 del día 25 de junio): URBANA: NUMERO ONCE. PISO TERCERO IZQUIERDA SUBIENDO DE LA CASA EN MADRID, CALLE DE HERNANI NUMERO TREINTA. MIDE SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS. CONTIENE CUATRO HABITACIONES, PASILLO, COCINA Y WATER. LINDA, A LA DERECHA, CON CALLE, A LA QUE TIENE DOS HUECOS, FONDO, CASA DE DON VICENTE CAZABELLO O SUCESORES, FRENTE CON PISO TERCERO DERECHA, ESCALERA Y PATIO CENTRAL DE LA CASA, E IZQUIERDA, CON ESPACIO POSTERIOR DE LA CASA. SU CUOTA EN LA PROPIEDAD Y ELEMENTOS COMUNES DEL INMUEBLE ES DE DIEZ ENTEROS QUINCE MILÉSIMAS POR CIENTO. FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA REFERIDA CASA O FINCA MATRIZ REGISTRAL NÚMERO 4885 OBRANTE AL FOLIO 153 DEL TOMO 2488 DEL ARCHIVO. ES OBJETO DE EMBARGO UNA PARTICIPACIÓN DE 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA ADQUIRIDA POR EL APREMIADO POR COMPRA SEGÚN TÍTULO OBRANTE EN LA INSCRIPCIÓN 9º DE LA FINCA DESCRITA, QUE ES LA NÚMERO 73.325 PERTENECIENTE AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 6 DE LOS DE MADRID, AL TOMO 2685, LIBRO 2126, FOLIO 31. DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social correspondientes al Régimen General por los períodos noviembre y diciembre/2007 y marzo/2008 y del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por el período diciemgre/2007, ascendentes a la cantidad total de 7.059,84 euros comprensiva de principal, recargo de apremio, intereses y costas devengados y 600,00 euros de costas e intereses presupuestados. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. No siendo posible la notificación al deudor ARTURO FERNANDO NUÑEZ BARRETO ni a doña JOSEFINA HERNANDEZ RODRIGUEZ, cotitular registral de la finca embargada, a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, procédase a requerirlos para que en el plazo de OCHO DIAS a partir del siguiente a la publicación de esta edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, comparezcan ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer y, asimismo se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta la finalización del procedimiento. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 103 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. En Madrid, a 12 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María José Moreno Arróniz. EDICTO DE ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES Doña María José Moreno Arróniz, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, número 11, 28039 Madrid. Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye es esta Unidad a mi cargo contra el deudor JAIME OLWALDO MORLES SANGUÑA, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 28 de noviembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de febrero de 2009, a las 10,00 horas en calle Agustín de Foxá núm. 28-30 de Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Los bienes embargados sobre los que se decreta su venta, así como su tipo de subasta en primera licitación, es el indicado en relación adjunta. Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuya caso se suspenderá la subasta de los bienes. Los bienes que se subastan son los siguientes: URBANA 4.—PISO LLAMADO SEGUNDO DERECHA, QUE ES LA FINCA INDEPENDIENTE NÚMERO CUATRO DE LA CASA EN MADRID, CALLE VOLUNTARIOS CATALANES, NÚMERO SESENTA Y CUATRO Y VUELTA A LA CALLE GENCIANA. ESTÁ SITUADO EN LA PLANTA SEGUNDA Y TIENE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE. LINDA: POR SU FRENTE, CON DESCANSILLO Y CAJA DE ESCALERA Y VUELO DE LAS TERRAZAS DESCUBIERTOS DE LOS PISOS PRIMERO DERECHA Y PRIMERO IZQUIERDA; POR LA DERECHA ENTRANDO, CON FINCA DE DON LUIS DIAZ LOPEZ; POR LA IZQUIERDA, CON EL PISO IZQUIERDA DE ESTA PLANTA; Y POR EL FONDO, CON LA CALLE VOLUNTARIOS CATALANES. CUOTA: 17 POR CIENTO. FIGURA INSCRITO A NOMBRE DEL APREMIADO Y SU ESPOSA, DOÑA MARIA GLADYS TUPIZA SAMUEZA, QUIENES LO ADQUIEREN POR COMPRA SEGÚN TÍTULO OBRANTE EN LA INSCRIPCIÓN 1ª DE LA FINCA 17270, PERTENECIENTE AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 18 DE LOS DE MADRID, AL TOMO 1140, LIBRO 249, FOLIO 43. IMPORTE DE TASACIÓN: 137.035,00 euros. CARGAS QUE DEBERÁN QUEDAR SUBSISTENTES: HIPOTECA: CAJA DE AHORROS DE GALICIA, 51.380.39 euros. HIPOTECA: CAJA DE AHORROS DE GALICIA, 77.145,79 euros. EMBARGO: JUZGADO 1ª INST NUM. 18 DE MARDID, 7.285.22 euros. TIPO DE SUBASTA: 1.223,60 euros. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual podrá efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha ley. 2. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 3. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas desde el 15/12/2008 hasta 23/02/2009. Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de la subasta. 4. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 5. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una deferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 6. El rematante deberá abonar mediante ingresos en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 28/09 la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad depositada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 7. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito. 8. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 9. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 10. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Edicto, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal en la redacción dada por la Ley 8/99, “serán a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago”. 14. El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Debido al valor del inmuebles y para que sirva de notificación al deudor, a los terceros poseedores y en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge del deudor y a los condueños, notifíquese el presente Anuncio mediante Edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 enero. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995 de 6 de octubre “Boletín Oficial del Estado” de fecha 24 de octubre), a los efectos de que sirva de notificación al deudor y acreedores hipotecarios, así como al resto de interesados. En Madrid, a 12 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María José Moreno Arróniz. EDICTO DE NOTIFICACIÓN A DEUDORES Doña María José Moreno Arróniz, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, número 11, 28039 Madrid. Hago saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 al 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27) según la redacción dada por la Ley 4/1.999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente Edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. RELACIÓN QUE SE CITA EXPEDIENTE. — N.I.F/C.I.F. — NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. — IMPORTE DEUDA. — PROCEDIMIENTO 28090800290682. — B82712514. — CONSTRUCCIONES SAMERSA S.L. — 3.367,53. — DERECHOS ECONÓMICOS. 28099300592763. — 2856990E. — CASARES ANDRES CARLOS. — 13247,33. — SUELDOS/SALARIOS. 28090800290379. — B81762296. — REFORMAS OBRAS DERRIBOS Y MANTENIMIENTO S.L. — 37531,25. — DERECHOS ECONÓMICOS. 28090800200251. — 50635202N. — GONZALEZ JIMENEZ OSCAR ISIDRO. — SUELDOS/SALARIOS. 28090800335849. — b85030260. — ACTIVOS 2007 S.L. — DERECHOS ECONÓMICOS. — 1183,10. 28090400056760. — 51367596V. — FERNANDEZ GONZALEZ PEDRO. — SUELDOS/SALARIOS. — 896,16. En Madrid, a 26 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María José Moreno Arróniz. EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Doña María José Moreno Arróniz, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, número 11, 28039 Madrid. Hago saber: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente: DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. Exp.: 2809 0800315843 DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MIRIAM ESQUIVEL VELARDE con NIF 5.318.732-M, domiciliada en Madrid, calle de Blasco de Garay núm. 72 y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. DECLARO EMBARGADO los inmuebles pertenecientes al deudor que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 del día 25 de junio). URBANA: NÚMERO NUEVE. PISO BAJO LETRA H, SITO EN LA PLANTA DE SEMISOTANO DE LA CASA NUMERO SETENTA Y SEIS DE LA CALLE DE BLASCO DE GARAY DE MADRID. SE COMPONE DE UNA HABITACIÓN, COMEDOR, COCINA, W.C. Y RECIBIDOR. LINDA: POR SU FRENTE O ENTRADA,CON PASILLO DE ACCESO; DERECHA ENTRANDO, CON CUARTO DE CONTADORES, PATIO DE LUCES Y PISO BAJO DERECHA O PORTERÍA; IZQUIERDA, CUARTO DE LA CALEFACCIÓN Y PISO LETRA G; Y POR EL FONDO FINCA DE LOS SEÑORES CASTRO Y REYNALS. TIENE UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE VEINTIOCHO METROS CUADRADOS. CUOTA: LE CORRESPONDE UNA CUOTA EN LOS ELEMENTOS COMUNES DE CERO ENTEROS SEISCIENTAS SESENTA Y SIETE MILÉSIMAS POR CIENTO. REFERENCIA CATASTRAL: 9866416 VK3796F 0009 ZM. ES OBJETO DE EMBARGO UNA PARTICIPACIÓN DE 1/3 DEL PLENO DOMINIO, ADQUIRIDA POR LA DEUDORA POR COMPRA SEGÚN TÍTULO OBRANTE EN LA INSCRIPCIÓN 8ª DE LA FINCA DESCRITA, QUE ES LA NÚMERO 34045 PERTENECIENTE AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NUMERO CINCO DE LOS DE MADRID, AL TOMO 2076 DEL ARCHIVO, FOLIO 206. DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social correspondientes al Régimen General por los períodos ENERO a OCTUBRE/2006, ascendentes a la cantidad total de 21.599,10 euros comprensiva de principal, recargo de apremio, intereses y costas devengados y 1.500,00 euros de costas e intereses presupuestados. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. No siendo posible la notificación a GLORIA MARGARIT LEON QUIROZ, ROSA CARHUELLANO MELGAREJO Y FLOR DE MARIA PEREYRA BAZAN, cotitulares registrales de la finca embargada, a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, procédase a requerirlos para que en el plazo de OCHO DIAS a partir del siguiente a la publicación de esta edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, comparezcan ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer y, asimismo se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta la finalización del procedimiento. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 103 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. En Madrid, a 29 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María José Moreno Arróniz. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/10 ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación ejecutiva número 10 de Madrid. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor “MAREN DE CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.”, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 28 de 11 de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 10 de febrero de 2009, a 10:00 horas, en C/Agustín de Foxá 28-30 de Madrid. Y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria,y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta 09-02-2009. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en ese caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60 de 21 de julio, sobre propiedad horizontal en la redacción dada por la Ley 8/99, será a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago. El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado, y nominativo a favor de Tesorería General de la Seguridad Social. Relación de bienes que se subastan: Finca Urbana.—Local comercial en Alcala de Henares. Parque Residencial Iviasa. Referencia catastral: 8030301VK6883S0035 EF. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Henares, Tomo 3485, Libro 34, Folio 77, Finca 3187. Superficie util: 139,39 metros cuadrados. Tipo de Subasta: 189.180,70 euros. El dominio de esta finca figura inscrito a favor de “Maren Construcciones y Reformas S.L.” 100 por 100 pleno dominio por titulo de compraventa. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/13 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMBARGO PREVENTIVO DE BIENES Doña María Luisa Martín Carballo, recaudadora ejecutiva de la Seguridad Social de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de las de Madrid, con domicilio en la calle Doctor Pérez Domínguez, número 3 de Madrid. Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en la relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en la calle Dr. Pérez Domínguez, número 3 de Madrid (teléfono: 91 710 96 90), en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer. RELACIÓN QUE SE CITA C.C.C. — EXPEDIENTE. — NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — D.N.I/N.I.F/C.I.F. — DOMI- CILIO. — CP. — LOCALIDAD. — DEUDA. — DOCUMENTO. — PROCEDIMIENTO 10 28035126407 Y 10 28163815614. — PEMAUTO, S.L. — 0B28966695. — C/SEBASTIAN EL CANO, 16 CP28012 MADRID, Y C/ANTONIO LOPEZ, 247 CP 28041 MADRID, RESPECTIVAMENTE. — 455.223,39 EUROS. — EMBARGO PREVENTIVO DE CRÉDITOS (FECHA DE EMISIÓN DE LA DILIGENCIA: 19/12/2008). Madrid, a 22 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid. Hace saber: En el expediente administrativo número 28 13 93 00007059 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor DIAZ ZARAGOZA RAFAEL, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05-12-2008 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de 02 de 2009, a las 10:00 horas, en C/AGUSTIN DE FOXA, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: WWW.SEG-SOCIAL.ES Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. RELACION ADJUNTA DE BIENES: DEUDOR: DIAZ ZARAGOZA RAFAEL. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO 01. DATOS FINCA URBANA: URBANA.—VIVIENDA SITUADA EN SITIO PRADILLOS BLOQUE 3 PLANTA 1º PUERTA D, MUNICIPIO DE LOS MOLINOS (MADRID). FINCA NUMERO 2621. SUPERFICIE: CONSTRUIDA 97 METROS CUADRADOS. DIVISION HORIZONTAL: CUOTA: 13,40000000 NRO. ORDEN: 8. LINDEROS: FRENTE, PASILLO DE DISTRIBUCION, ESCALERA Y VIVIENDA LETRA C DE SU MISMA PLANTA. FONDO: PATIO DE LUCES Y EDIFICIO NUMERO CUATRO. IZQUIERDA: PATIO DE LUCES Y VIVIENDA LETRA B DE SU MISMA PLANTA. DERECHA: ENTRANDO, RESTO DE FINCA MATRIZ DONDE HAY UNA CALLE EN PROYECTO. DESC.: SE FORMA POR DIVISION HORIZONTAL DE LA INSCRITA CON EL NUMERO 2612. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NUMERO 3 DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL, TOMO 2056, LIBRO 42, FOLIO 6, FINCA 2621. SE EMBARGA EL USUFRUCTO VITALICIO DE UNA MITAD INDIVISA DE LA FINCA. IMPORTE DE TASACION: 33.895,57. TIPO DE SUBASTA: 33.895,57. Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid Hace saber: En el expediente administrativo número 28 13 99 00043504 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor GONZALEZ LOPEZ, ROSARIO por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05-12-2008 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de 02 de 2009, a las 10:00 horas, en C/AGUSTIN DE FOXA, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: WWW.SEG-SOCIAL.ES Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. RELACION ADJUNTA DE BIENES: DEUDOR: GONZALEZ LOPEZ ROSARIO. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO 01. DATOS FINCA URBANA: URBANA: FINCA NUMERO 26.—PISO 6º A, SITUADO EN LA PLANTA 6ª DE LA CALLE GRAN AVENIDA, NUMERO 27, DE MADRID. OCUPA UNA SUPERFICIE DE 98,80 METROS CUADRADOS. CUOTA: SE LE ASIGNA UNA CUOTA DE PARTICIPACION EN LOS BENEFICIOS, CARGAS, SUELO Y DEMAS ELEMENTOS COMUNES DEL 3,053 POR 100 EN RELACION AL TOTAL VALOR DEL EDIFICIO Y PARCELA DE SU SITUACION. REFERENCIA CATASTRAL: 120000001824230026JA. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NUMERO 16 DE MADRID, TOMO 1313, FOLIO 001, FINCA NUMERO 95799. SE EMBARGA EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA, PERTENECIENTE AL DEUDOR, POR TITULO DE COMPRA CON CARACTER GANANCIAL. IMPORTE DE TASACION: 71.197,16. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: TITULARES DE LA CARGA: CAJA AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA “LA CAIXA”. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: 18.504,63. JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO 7 DE MADRID PROCEDIM 829/99. CARGA: ANOT. PREV. JUDIC. IMPORTE: 2.704,55. TIPO DE SUBASTA: 49.987,98. Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid. Hace saber: En el expediente administrativo número 28 13 07 00111442 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor CEPEDA DIAZ, FERNANDO por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05-12-2008 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de 02 de 2009, a las 10:00 horas, en C/AGUSTIN DE FOXA, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: WWW.SEG-SOCIAL.ES Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. RELACION ADJUNTA DE BIENES: DEUDOR: CEPEDA DIAZ FERNANDO. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO 01. DATOS FINCA URBANA: MUNICIPIO: MADRID, FINCA NÚMERO: 13473, NATURALEZA DE LA FINCA: VIVIENDA - CALLE LA CHULAPONA NÚMERO 4 PISO 1º PUERTA D. — C.P.28041.—AREA EDIFICADA CONSTRUIDA: 92,82M2. REFERENCIA CATASTRAL: 917120000002687010007RW. TITULARES: LOS ESPOSOS D. FERNANDO CEPEDA DIAZ, N.I.F.: 2238036K Y Dª CRISTINA MATESANZ CARRO, N.I.F.: 50742985V. SE EMBARGA EL 100 POR 100 (1/1), PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL POR TITULO COMPRAVENTA. FINCA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 16 DE MADRID, TOMO 1343, LIBRO 1343, FOLIO 28, INSCRIPCION 13ª. IMPORTE DE TASACION: 290.056,85. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: TITULARES DE LA CARGA: CAIXA DESTALVIS DE CATALUNYA. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: 182.609,08. TIPO DE SUBASTA: 107.447,77. Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid. Hace saber: En el expediente administrativo número 28 13 07 00141451 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor LONDOÑO MEJIA MARTIN JESUS por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05-12-2008 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de 02 de 2009, a las 10:00 horas, en C/AGUSTIN DE FOXA, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: WWW.SEG-SOCIAL.ES Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. RELACION ADJUNTA DE BIENES: DEUDOR: LONDOÑO MEJIA MARTIN JESUS. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO 01. DATOS FINCA: MUNICIPIO: MADRID, FINCA NÚMERO: 23922, NATURALEZA DE LA FINCA: VIVIENDA CALLE ALCOCER NÚMERO 29 BAJO IZQ. C.P.28041. — URBANA. — NUMERO TRES. — PISO BAJO IZQUIERDA DE LA CASA SEÑALADA CON EL NUMERO TRES, SITA EN MADRID-VILLAVERDE, EN LA CONFLUENCIA DE LAS CARRETERAS NUEVA DE VILLAVERDE A VALLECAS. REFERENCIA CATASTRAL: 0669207VK4606H0002RT. TITULARES: LOS ESPOSOS D MARTIN JESUS LONDOÑO MEJIA, N.I.F.: X4177296J Y Dª PATRICIA EDITH VELEZ GOMEZ, N.I.F.: X4232254R. SE EMBARGA EL 100 POR 100 (1/1), PLENO DOMINIO CON SUJECION A SU REGIMEN MATRIMONIAL POR TITULO DE COMPRAVENTA. FINCA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 16 DE MADRID, AL TOMO 1521 LIBRO 1521, FOLIO 65. GRAVADA CON SERVIDUMBRES POR SU PROCEDENCIA. IMPORTE DE TASACION: 163.621,20. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: TITULARES DE LA CARGA: CAJA AHORROS DE MEDITERRANEO. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: 164.253,17. CAJA AHORROS DE MEDITERRANEO. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: 5.647,20. TIPO DE SUBASTA: 5.776,43. Madrid, a 17 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid. Hace saber: En el expediente administrativo número 28 13 06 00330976 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor TUCASA CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L. por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05-12-2008 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de 02 de 2009, a las 10:00 horas, en C/AGUSTIN DE FOXA, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: WWW.SEG-SOCIAL.ES Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. RELACION ADJUNTA DE BIENES: DEUDOR: TUCASA CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO 01. DATOS FINCA URBANA: MUNICIPIO: MADRID, FINCA NÚMERO: 121225.URBANA. NUMERO CINCO. VIVIENDA A1, EN PLANTA PRIMERA DEL EDIFICIO EN CONSTRUCCION EN MADRID, EN EL BARRIO DE PALOMARES TORDEGRILLOS, EN LA CALLE TALCO, 39 Y 41,CON VUELTA A ENCARNACION DEL PINO, 30 SITUADA EN PRIMER LUGAR SEGUN SE DESEMBOCA POR LA ESCALERA. TIENE UNA SUPERFICIE UTIL APROXIMADA DE 44,83 METROS CUADRADOS Y CONSTRUIDA DE 55,02 METROS CUADRADOS. TIENE COMO ANEJO INSEPARABLE: CUARTO TRASTERO NUMERO UNO, SITUADO EN LA PLANTA SOTANO DEL EDIFICIO, CON UNA SUPERFICIE UTIL APROXIMADA DE 4,28 METROS CUADRADOS. CUOTA: DOCE ENTEROS OCHENTA Y TRES CENTESIMAS POR CIENTO (12,83 POR 100). TITULARES: TUCASA, CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L., C.I.F.: 0B84221084. SE EMBARGA EL 100 POR 100 (1/1), PLENO DOMINIO POR TITULO DIVISION HORIZONTAL. FINCA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD 16 DE MADRID, TOMO 2020, LIBRO 2020, FOLIO 207, INSCRIPCION 1ª. SE COMPRUEBA QUE NO SE HA CONSTRUIDO OBRA NUEVA, CON LO CUAL LA FINCA ESTA COMO SOLAR INSCRITO EN EL REGISTRO CON EL NUMERO DE LA FINCA MATRIZ NÚMERO 117149. IMPORTE DE TASACION: 752.256,00. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: TITULARES DE LA CARGA: “LA CAIXA”. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: 625.226,00. TIPO DE SUBASTA: 127.030,00. Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María Luisa Martín Carballo. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/17 ANUNCIOS DE SUBASTAS DE BIENES INMUEBLES El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 17 de Alcobendas (Madrid), don Juan Luis Suárez Romero. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor, FRANCISCO CAMINO GALIANA, C.I.F. 051584300S, EXPEDIENTE 28/17/92/0258/59, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 05 DE DICIEMBRE DE 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 DE FEBRERO DE 2009, a las 10,00 horas en la calle Agustín de Foxá, 28/30 (Entrada por la C/Manuel Ferrero, 15 (MADRID), y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados a continuación. Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargos, intereses, y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los siguientes: VIVIENDA en el municipio de Alcobendas, calle Constitución 102, portal uno, planta uno, puerta diez. Tiene una superficie construida de 71 m2. Titular: Francisco Camino Galiana, casado con Maria Carmen Caceres Morgado, 100 por 100 del pleno dominio con carácter privativo. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas número 2, tomo 0527, libro 466, folio 224, finca 05465. Importe de tasación: 203.156,27 euros. Cargas que deberán quedar subsistentes: Banco Santander Central Hispano. Carga: anot. prev. Embar. Importe: 28.701,24 euros. Tipo de subasta: 174.455,03 euros. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Titulo VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas el 23 de febrero de 2009. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal en la redacción dada por la Ley 8/99, será a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago. Asimismo el depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado, y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. En Alcobendas, a 17 de diciembre de 2008.—El recaudador ejecutivo, Juan Luis Suárez Romero. EDICTOS Don Juan Luis Suárez Romero, recaudador ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/17, con domicilio en el paseo de la Chopera, números 92-94, de Alcobendas. Hago saber: que con fecha de 01.10.2008 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa: DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MARIA GLORIA MUÑOZ PASTOR, C.I.F. 051058567Q, expediente 28/17/08/2780/22, último domicilio conocido en Fuente el Saz de Jarama, calle Los Alamos 6 (28140), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan: VIVIENDA en el municipio de Fuente el Saz de Jarama, Madrid, calle Alamos 6, urbanización El Pilar, con una superficie del terreno de 325,50 m2 y una superficie construida de 174,21 m2, unifamiliar de tres plantas. Titular: Maria Gloria Muñoz Pastor, casada con Pedro Manuel Lopez Hernandez, 100 por 100 del pleno dominio por liquidación con carácter privativo. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3133, libro 0090, folio 006, finca 06839 de Fuente el Saz de Jarama. DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 12.625,16 euros, comprensiva de 9.499,91 euros de principal, 1.899,99 euros de recargo, 000,00 euros de intereses, 225,26 euros de costas devengadas y 1.000,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes: RÉGIMEN GENERAL: 11/2001, 01/2003, 01/2003 03/2003, 04/2003, 03/2003, 11/2003, 12/2003, 10/2003, 01/2004, 03/2004, 07/2001, 10/2001, 02/2004, 02/2003. Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación. Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de quince días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral. Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Hago saber: que con fecha de 18.12.2008 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa: DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra WORLD J JL, S.L., C.I.F. 0B82632522, expediente 28/17/08/2911/56, último domicilio conocido en San Sebastián Reyes, Lanzarote 1 nave 15 (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan: Finca número 1: Nave en San Sebastián de los Reyes, calle Lanzarote sn, planta baja, puerta izd. c/v calle Isla de Alegranza, los Alamillos manzana B, nave 15. Superficie construida 391 m2. Dentro de la nave, se situa una zona de uso disponible. Tiene una superficie construida, con inclusión de parte proporcional de elementos comunes, de 615,65 m2. Le corresponde el uso exclusivo y excluyente de una porción de solar destinada a estacionamiento, carga y descarga, al frente junto a la entrada, de 9,60 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio con carácter patrimonial. Finca número 2: VIVIENDA en el municipio de San Sebastián Reyes, calle San Vicente 21, duplex letra B. Superficie construida 101,97 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio con carácter patrimonial. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes, tomo 1180, libro 0971, folio 166, finca 44253 de San Sebastián Reyes. DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 19.800,95 euros, comprensiva de 15.005,18 euros de principal, 3.001,03 euros de recargo, 772,82 euros de intereses, 21,92 euros de costas devengadas y 1.000,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes: RÉGIMEN GENERAL: 12/2007, 01/2008, 02/2008, 03/2008. Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación. Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de quince días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral. Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Alcobendas, a 13 de enero de 2009.—El recaudador ejecutivo, Juan Luis Suárez Romero. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/19 EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/19, sita en la calle Las Moreras, números 50-52, de Aranjuez. Hace saber: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor. ACTOS QUE SE NOTIFICAN: TRAMITE DE AUDIENCIA. De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que los interesados que abajo se relacionan son figuran o han figurado como administradores o miembros del consejo de administración de la Sociedad que asimismo se indican y que mantienen una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total señalado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“Boletines Oficiales del Estado” de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto. A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a quince días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/19 de las de Madrid, sita en la Calle Moreras, número 50, 28300-Aranjuez, Teléfono 91 8920955. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar). Expediente: 28190700035964. Administrador/miembro del consejo de administración: ANGEL MARIA IZQUIERDO PEGUERO. Domicilio: CL. PUSAL, 814, 1º C 28380 COLMENAR DE OREJA. Sociedad deudora con la Seguridad Social: MONTAJES ELECTRICOS IZQUIERDO, S.L. Importe de la deuda: 26.937,35 euros. Periodo de la deuda: 06/2006 a 11/2007. EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/19, sita en la calle Las Moreras, número 50-52, de Aranjuez. Hace saber: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor. ACTOS QUE SE NOTIFICAN: TRAMITE DE AUDIENCIA. De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que los interesados que abajo se relacionan son figuran o han figurado como administradores o miembros del consejo de administración de la Sociedad que asimismo se indican y que mantienen una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total señalado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“Boletines Oficiales del Estado” de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto. A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a quince días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/19 de las de Madrid, sita en la Calle Moreras, número 50, 28300-Aranjuez, Teléfono 91 8920955. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.) Expediente: 28190700269875. Administrador/miembro del consejo de administración: MARIO CARROBLES BERNABEU. Domicilio: AV. ARAGON, 10 28320 PINTO. Sociedad deudora con la Seguridad Social: TIENDAS MODELO, S.L. Importe de la deuda: 11.754,54 Euros. Periodo de la deuda: 01/2007 a 01/2008. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/21 EDICTO Doña Carmen Giménez Carrera, recaudadora ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/21, con domicilio en la travesía de Montserrat, número 1, de San Fernando de Henares. Hace saber: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio 28/21/05/2487/69 contra el deudor ANGEL ALOCEN DAZA, NAF. 28/01937546/62, D.N.I. 2500558K por deudas a la Seguridad Social, con domicilio C/Doctor Castelo número 10 6º D. VALDEMORO (28340) y C/Centeno número 6 3º E. MADRID (28039), se ha procedido con fecha 12-12-2008 a LA NOTIFICACION AL DEUDOR Y TITULARES DE LA PROVIDENCIA DE SUBASTA PUBLICA DE BIENES INMUEBLES habiendo resultado infructuosa, se transcribe la notificación: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 5 de diciembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 24 de febrero de 2009, a las 10,00 horas, en C/Agustín de Fo- xá 28-30 de MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado”, del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas HASTA 23 de FEBRERO de 2009. Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. DESCRIPCION DE LA FINCA A ENAJENAR: Finca Urbana.—4,1667 por 100 Pleno dominio de la Vivienda de la C/Parque de la Paloma número 22-piso 1-pta. 3 Madrid (28026). DATOS DEL REGISTRO: Registro de Madrid número 31, Tomo número 801, Libro número 801 Folio número 13, Finca número 68419. IMPORTE DE TASACION: 9.207,36 EUROS. TIPO DE SUBASTA: 9.207,36 EUROS. San Fernando de Henares, a 12 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, Carmen Giménez Carrera. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/23 UNIDAD. — DOMICILIO. — LOCALIDAD. — TELÉFONO. — FAX URE 28/23. — C/JUAN DE TOLEDO 19. — SAN LORENZO DEL ESCORIAL. — 918907911. — 918906501. San Lorenzo de El Escorial, a 7 de noviembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva. EDICTO DE SOLICITUD DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Doña María José Ramírez Palacios, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/23, con sede en la calle Juan de Toledo, número 19, 28200, San Lorenzo de El Escorial (Madrid). Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por cusas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la siguiente DILIGENCIA: En cumplimiento de la Providencia de apremio, dictada en su día, al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en el presente expediente, que al día de la fecha ascienda a la cantidad total señalada en la relación. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que lo bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. En caso de discrepancia, si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario. La Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará a los Colegios Profesiones o Mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y será la definitivamente aplicable. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del citado Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación del presente edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado”. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. San Lorenzo de El Escorial, a 10 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María José Ramírez Palacios. CODIGO CUENTA COTIZACIÓN. — EXPEDIENTE. — NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — CÓDIGO POSTAL. — LOCALIDAD. — PERÍODO DE LA DEUDA. — NOTIFICA- CION EN FORMA. — IMPORTE PRINCIPAL. — RECARGO DE APREMIO. — INTERESES. — COSTAS DEVENGADAS. — COSTAS PRESUPUESTADAS. — IMPORTE TOTAL. — PROCEDIMIENTO. — NÚMERO DOCUMENTO. — DESCRIPCION REGISTRAL 28141813687. — 28230800127469. — DESARROLLO INTENSIVO DE OBJETOS SENCILLOS. — 28210. — VALDEMORILLO. — 02/2007 – 07/2007. — AL DEUDOR. — 11652,75. — 2330,56. — 986,66. — 0,00. — 300,00. — 15269,97. — DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. — 282350108042698293. — FINCA NÚMERO 17900 DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, REGISTRO N 1 DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, TOMO 641, LIBRO 212, FOLIO 55, SE HA ANOTADO SOBRE EL 100 POR 100 DE PLENO DOMINIO DEL QUE ES TITULAR EL DEUDOR. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/24 EDICTO NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Francisco Guzmán Gómez Selles, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, número 5, de Torrejón de Ardoz. Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra D. JESUS IGNACIO DE PABLO BUENO con código cuenta de cotización número 10 28047097318 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en MECO, CL MEDIO CELEMIN 8 B 2 G se procedió con fecha 29-10-2008 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor JESUS IGNACION DE PABLO BUENO, con D.N.I/N.I.F. Número 8962102., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: IMPORTE PRINCIPAL: 4123,48.EUROS. RECARGO DE APREMIO: 824,69 EUROS. INTERESES. EUROS. COSTAS DEVENGADAS: 10,46 EUROS. COSTAS PRESUPUESTAS: 494 EUROS. TOTAL DEBITOS: 5452,63 EUROS. Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20 por 100, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola. Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS: FINCA NUMERO 1: REGISTRO DE LA PROPIEDAD MECO. TOMO: 3752 LIBRO: 172 FOLIO: 76 FINCA: 11198. DESCRIPCION. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN MECO, CL. EDIO CELEMIN 8 B, PUERTA 2 G. NÚMERO DE ORDEN 2, CUOTA 11,54 POR 100. SUPERFICIE CONSTRUIDA 69,32 M2, SE FORMA POR DIVISION HORIZONTAL DE LA FINCA 11196. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Torrejón de Ardoz, a 9 de diciembre de 2008.—El jefe de Unidad de Recaudación Ejecutiva. EDICTO NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Francisco Guzmán Gómez Selles, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, número 5, de Torrejón de Ardoz. Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra CARINA DUEÑAS GUTIERREZ con código cuenta de cotización número 07 281125271371 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL LONDRES 19 8º B DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 24-10-2008 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor CARINA DUEÑAS GUTIERREZ, con D.N.I/N.I.F. Número 53538811D., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: IMPORTE PRINCIPAL: 2777,84 EUROS. RECARGO DE APREMIO: 555,57 EUROS. INTERESES: 151,58 EUROS. COSTAS DEVENGADAS: 44,99 EUROS. COSTAS PRESUPUESTAS: 332 EUROS. TOTAL DEBITOS: 3861,98 EUROS. Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20 por 100, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola. Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS: FINCA NUMERO 1: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCALA DE HENARES NÚMERO 2. TOMO: 1566 LIBRO: 121 FOLIO: 67 FINCA: 10040. DESCRIPCION. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN LOECHES, MADRID, CL DUBLIN 4, PAREADA. SUPERFICIE DEL TERRENO 250 M2, EDIFICABLES 200 M2, CONSTRUIDOS 200 M2, UTILES 144,21 M2. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Torrejón de Ardoz, s 16 de diciembre de 2008.—El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva. EDICTO NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Francisco Guzmán Gómez Selles, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, número 5, de Torrejón de Ardoz. Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra JOSE LUIS MORA SALAMANCA con código cuenta de cotización número 10 28028127451 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL MAR DEL NORTE 2, 3, 4º A DE COSLADA se procedió con fecha 22-10-2008 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor JOSE LUIS MORA SALAMANCA, con D.N.I/N.I.F. Número 1334574E., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: IMPORTE PRINCIPAL: 3736,84 EUROS. RECARGO DE APREMIO: 747,37 EUROS. INTERESES: 205,45 EUROS. COSTAS DEVENGADAS: 48,76 EUROS. COSTAS PRESUPUESTAS: 447 EUROS. TOTAL DEBITOS: 5185,42 EUROS. Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20 por 100, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola. Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS: FINCA NUMERO 1: REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ NÚMERO 3. TOMO: 3281 LIBRO: 621 FOLIO: 193 FINCA: 31683. DESCRIPCION. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL FLORENCIA 10, 6º B. SUPERRICIE CONSTRUIDA 106,36 M2 Y UTIL 83,40 M2, CUOTA 3,24 POR 100. PROCEDE POR DIVISION HORIZONTAL DE LA FINCA 31373. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Torrejón de Ardoz, a 16 de diciembre de 2008.—El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva. EDICTO NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Don Francisco Guzmán Gómez Selles, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, número 5, de Torrejón de Ardoz. Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra GREGORIO GOMEZ LIROLA con código cuenta de cotización número 07 281076974465 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL BRUJULA 4 DR BJ D EN TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 20-11-2008 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe: DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor GREGORIO GOMEZ LIROLA, con D.N.I/N.I.F. Número 53436523W., por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: IMPORTE PRINCIPAL: 1202,26 EUROS. RECARGO DE APREMIO: 240,46 EUROS. INTERESES: 87,62 EUROS. COSTAS DEVENGADAS: 20,92 EUROS. COSTAS PRESUPUESTAS: 144 EUROS. TOTAL DEBITOS: 1695,26 EUROS. Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20 por 100, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de quince días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola. Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS: FINCA NUMERO 1: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREJON DE ARDOZ NÚMERO 1. TOMO: 3755 LIBRO: 980 FOLIO: 18 FINCA: 28079. DESCRIPCION. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL BRUJULA 4 DR BJ D, URB PARQUE DE CATALUÑA. CUOTA 0,316 POR 100, ORDEN 43. SUPERFICIE CONSTRUIDA 27,97 M2. TIPO APARTAMENTO. PROCEDE POR DIVISION HORIZONATL DE LA FINCA 27791. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Torrejón de Ardoz, a 29 de diciembre de 2008.—El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/25 ANUNCIO SUBASTA DE BIENES INMUEBLES (TVA-603) El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 25 de Fuenlabrada. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor D. PINEDA CIGARRAN JOSE LUIS, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 15 de 12 de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 12 de marzo de 2009, a las 10 : 00 horas, en c/Agustín de Foxa, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la providencia de subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA EL DIA 11-03-2009. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos el 2 por ciento del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco dias hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado por la constitución del depósito. 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las poturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado reglamento, en el plazo de tres dias hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 dias, en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HOIZONTAL EN LA REDACCION DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO, ASI MISMO SE INDICA QUE EL DEPOSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DIA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fuenlabrada, a 29 de diciembre de 2008.—El recaudador ejecutivo, Ángel Arranz Panadero. RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN: DEUDOR: Pineda Cigarran Jose Luis. Lote número: 01. Finca número: 01. DATOS FINCA URBANA.—Descripción Finca: 100 por 100 pleno dominio vivienda unifamiliar en Boadilla del Monte en la calle mariano Barbacid, 1 Cod-post: 28660, Cpd-Muni: 28022. DATOS REGISTRO: número Reg.: 02, Tomo: 801, Libro: 401, Folio: 162 número finca: 19462. IMPORTE DE TASACION: 644.629,00 Euros. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: Angel moreno solance Hipoteca 521.875,00. Juzgado 1ª. Inst. número 10 –autos 880/2002 Anot. Prev. Embar 34.181,00. T.G.S,S. expte. 282206004226-73 Anot. Prev. Embar 10.175,46. Juzgado 1ª. Inst.número 8 de Madrid aut.566/1998 Anot.Prev. Embar 2.381,92. Juzgado 1ª. Inst. número 3 de Getafe aut. 723/2006 Anot. Prev. Embar 28.878,89. TIPO SUBASTA: 47.136,73. DESCRIPCION AMPLIADA: Urbana.—Vivienda F.10 M-10 en urbanización Portofino, calle Mariano Barbacid, 1 de Boadilla del Monte, Madrid. Tiene una superficie construida de 257,41 m2. y de terreno 216,40 m2. Linderos: Frente, calle de la urbanización, derecha, vivienda 3,2, izquierda: a través de su jardin con calle “E” fondo, a través de su jardin con calle “C”. Titulares: Jose Luis Pineda Cigarran el 100 por 100 pleno dominio con carácter privativo, adquirida por compraventa. Inscrita en el registro de la propiedad número 02 de Pozuelo de Alarcón. Se embarga el 100 por 100 pleno dominio. Fuenlabrada, a 29 de diciembre de 2008.—El recaudador ejecutivo, Ángel Arranz Panadero. Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/29 Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la notificación, del presente ANUNCIO DE SUBASTA en el domicilio del deudor, se procede a publicar el siguiente edicto, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente. ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES Doña Rosa Domínguez Rodríguez, recaudadora ejecutiva de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 29 de las de Madrid, con domicilio en la avenida de Europa, número 8-bis, de Pozuelo de Alarcón. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor FERNANDEZ GUTIERREZ SHEILA por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 03 de 12 de 2008, la subaste de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 10 de 02 de 2009, a las 10: 00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de La Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas UN MES DE 10/01/2009 AL 09/02/2009. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de La Tesorería General de La Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de La Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCION DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO. EL DEPOSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DIA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR 100 DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE TESORERIA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL. PARA CUALQUIER INFORMACION RELATIVA A SUBASTAS, LOS INTERESADOS PODRAN CONSULTAR EN LA DIIRECCION DE INTERNET: HTTP: WWW.SEG—SOCIAL.ES. RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN DEUDOR: FERNANDEZ GUTIERREZ SHEILA EXP.: 28 29 05 002282 27. TITULARES/COTITULARES: BORJA FERNANDEZ GUTIEREZ; MYRIAM FERNANDEZ GUTIERREZ. LOTE NÚMERO: 01FINCA NÚMERO: 01. DATOS FINCA URBANA: DESCRIPCION FINCA: VIVIENDA 33,33 POR 100 PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO -TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: GREGORIO MENDEL NÚMERO VIA: 40 POST: 28670 COD—MUNI: 28181. DATOS REGISTRO: NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 759 NÚMERO LIBRO: 372 NÚMERO FOLIO: 190 NÚMERO FINCA: 17211. IMPORTE DE TASACION: 185.195,77. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: BANCO SANTANDER CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 139.107,57. TIPO DE SUBASTA: 46.088,20. DESCRIPCION AMPLIADA: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VILLAVICIOSA DE ODON. SE EMBARGA EL 33,33 POR 100 DE LA FINCA URBANA EN VILLAVICIOSA DE ODON CALLE GREGORIO MENDEZ NÚMERO 40, DENOMINACION P.14.SUPERFICIE CONSTRUIDA DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS, CUARENTA DECIMETROS. TERRENO TRESCIENTOS METROS CUADRADOS. LINDEROS: NORTE EN LINEA 17,15, CON PARCELA RESULTANTE N.13. PROVINCIAS Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Álava Provincia 01 Álava EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), ante la imposibilidad de comunicar el trámite de audiencia tras ser devuelta la notificación por el Servicio de Correos, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los TRÁMITES DE AUDIENCIA cuyo contenido literal es el siguiente: Obran en esta Dirección Provincial elementos de juicio, en principio suficientes, para declarar la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA de los sujetos responsables del pago que a continuación se relacionan, respecto de las deudas que mantienen con la seguridad social los responsables originarios que se indican: Número de expediente: 2008/103. Responsable solidario: D. Jesus Marco Tejedor. Último domicilio conocido: C/Montera, 34. Localidad: 28013 Madrid. Responsable originario: Lakua Delta, S.L. Supuesto de responsabilidad: administrador. En consecuencia y con carácter previo a la resolución a adoptar sobre tal responsabilidad solidaria, se le concede a Vd. el correspondiente TRÁMITE DE AUDIENCIA, a fin de que el plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación del presente escrito pueda examinar el expediente obrante en esta Dirección Provincial, así como formular las alegaciones y presentar documentos y justificaciones que tenga por conveniente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-1992, relación con el Artículo 13 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” 25-6-2004). En Vitoria-Gasteiz, a 17 de diciembre de 2008.—La jefa de la Unidad de Impugnaciones, Ana Bello Diez. Provincia 05 Ávila CITACIONES PARA SER NOTIFICADOS POR COMPARECENCIA Intentadas las notificaciones que se indican sin que haya sido posible realizarlas, se cita a los interesados o sus representantes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RGRSS) y 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero “Boletín Oficial del Estado” del 14 y Ley 24/2001, de 27 de diciembre “Boletín Oficial del Estado” del 31), para ser notificados por comparecencia. LOCALIDAD. — INTERESADO. — ASUNTO. — DOCUMENTO. — EXPEDIENTE MADRID. — ANTONIO HERNÁNDEZ RUBIO, S.L. — RS 16234. — EMBARGO DERECHOS. — 05 01 05 00192356. MADRID. — DAN & CRIS INVERSIONES, S.L. — INFORMACIÓN EN PC. — REQUERIMIENTO. — 05 01 07 00203023. MADRID. — DÍAZ MAYORAL, FRANCISCO-RAMÓN. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 08 001177742. — 05 01 07 00163617. MÓSTOLES (MADRID). — GÓMEZ MIGUEL, MARÍA. — EMBARGO INMUEBLES. — 05 01 501 08 001243723. — 05 01 08 00111306. ÓRGANO ANTE EL QUE SE HA DE COMPARECER: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.—Unidad de Recaudación Ejecutiva 05/01. — Av. de Portugal, 4. — 05071 ÁVILA. PLAZO PARA COMPARECER: DIEZ (10) DÍAS desde la publicación en el boletín oficial de la provincia. ADVERTENCIA: En caso de no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá realizada a todos los efectos legales desde el vencimiento de dicho plazo. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en que se encuadre el órgano indicado para comparecer, en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado (o desde el transcurso de los diez días antes mencionados) conforme lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del RGRSS, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ávila, a 17 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, Elena Sánchez Bardera. Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Ciudad Real Provincia 13 Ciudad Real De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hace pública la notificación de la Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria de Administradores cuyo expediente obra en las dependencias de esta Dirección Provincial (Avda. Rey Santo, 2 de Ciudad Real), con la advertencia de que contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 (“Boletín Oficial del Estado” de 25.06.04), en relación con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Ciudad Real, a 13 de enero de 2009.—El subdirector provincial, Valentín Sánchez-Oro Mena. EXPTE. — LOCALIDAD. — NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. — CAUSA DE PUBLICACIÓN EN EL B.O.P. 1308105. — 28931-MOSTOLES. — MANUEL GUTIERREZ TORRES. — RESOLUCIÓN DERIVACIÓN RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ALBAÑILERÍA TORREZMA, S.L. Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Ciudad Real De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hace pública la notificación de la Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria de Administradores, cuyo expediente obra en las dependencias de esta Dirección Provincial (Avda. Rey Santo, 2 de Ciudad Real), con la advertencia de que contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 (“Boletín Oficial del Estado” de 25.06.04), en relación con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Ciudad Real a 13 de enero de 2009.—El subdirector provincial, Valentín Sánchez-Oro Mena. EXPTE. — LOCALIDAD. — NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. — CAUSA DE PUBLICACIÓN EN EL BOP 1308061 28860. — PARACUELLOS DEL JARAMA. — JESÚS FRANCISCO RODRÍGUEZ MUÑOZ. — RESOLUCIÓN DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE ADMINISTRADORES DE LA EMPRESA ALIATEL TELEFONÍA, S.L. Provincia 19 Guadalajara Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria Sección de Procedimientos Especiales EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LOS SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS La jefe de la Sección de Procedimientos Especiales de la Dirección Provincial de Guadalajara de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la calle Carmen, número 2, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27 de noviembre). Hace saber: que ésta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), en materia de Gestión Recaudatoria y los artículos 15 y 104, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11); los artículos 12 y 13 en materia de responsabilidad solidaria y 62.2 sobre reclamaciones de deuda del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y en virtud de lo previsto en el artículo 94 y 109 del citado Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, que dispone que las personas depositarias de bienes embargables, que con conocimiento previo del embargo practicado por la Tesorería General de la Seguridad Social, colaboren o consientan en su levantamiento, serán responsables solidarios de la deuda hasta el límite del importe levantado (a estos efectos el pagador de sueldos o salarios, tendrá la consideración de depositario), ha dictado Resolución de declaración de Responsabilidad Solidaria respecto de los sujetos que a continuación se relacionan, de las que son o han sido pagador de salario y las cuales tienen una deuda con la Seguridad Social por el importe y período se detalla. NOMBRE Y APELLIDOS: PROMOCIONES INMOBILIARIAS PERNOR, S.L. DIRECCION CL AYALA 59 SO puerta E – 28001 MADRID ; NÚMERO EXP 24/08. DEUDOR/TRABAJADOR CUYO SALARIO FUE OBJETO DE EMBARGO: SEGUNDO MARTIN ALBO PADILLA. Importe levantado hasta 07/2008: 2.562,48 euros que se verá incrementado con cada pago de salarios que incumpla la obligación de retención e ingreso en la Seguridad Social, y que será reclamado mediante reclamación de deuda. Habiéndose intentado la notificación al interesado, de las Resoluciones por las que se les declara responsables solidarios de la deuda con la Seguridad Social y de las reclamaciones de deuda mediante las que se le reclama el importe correspondiente, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, y en su defecto se procede a practicar la notificación en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99). Las reclamaciones de deuda deberán hacerse efectivas en los siguientes plazos: si es notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, y la notificada entre los días 16 y el último de cada mes hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.3 del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” 29/06/94), en la redacción dada por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre de Medidas Específicas en Materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” 11-12-03), en cualquier Entidad Financiera autorizada a actuar como Oficina Recaudadora de la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 27 y 105 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 25/6/05). Transcurrido el citado plazo sin que se haya justificado el pago, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la providencia de apremio, con la aplicación del recargo que proceda, según establecen los artículos 27 y 34 del citado real Decreto Legislativo 1/1994 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003 y los artículos 62.2 a) y siguientes del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Contra la citada resolución y reclamaciones de deuda, que no agota la vía administrativa, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la fecha de su recepción, podrá interponerse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, en relación con el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-1992), según redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14-01). Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando, expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el pago de la deuda perseguida (incluidos intereses, recargos y costas que procedan) mediante aval suficiente o se consigne el importe toral de la deuda, conforme a los dispuesto en el artículo 30.5 del citado real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley 52/2003. Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, ello en virtud de los dispuesto en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, y en el artículo 54 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Para que sirva de notificación a los interesados y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, firmo el presente en Guadalajara, a 9 de diciembre de 2008.—María Mercedes Antolín Magdaleno. Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria Seccion de Procedimientos Especiales EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCION DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LOS SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS La jefe de la Sección de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27 de noviembre), ante la imposibilidad de notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado, comunica a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidas en la relación que se acompaña, por medio de este edicto: Resolución dictada por esta Dirección Provincial de declaración de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29/06/94), en la redacción dada por el artículo 12.2 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11/12/03), en relación con el artículo 12.2 del Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25/06/04), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RGRSS), según el cual, responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en aplicación de normas mercantiles (artículos 104 y 105 de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24, incumplimiento por los administradores sociales de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial o el concurso de acreedores de la sociedad, como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio contable a menos de la mitad del capital social); así como las reclamaciones correspondientes por descubiertos de Seguridad Social, las cuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la LGSS, en la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003, podrán hacerse efectivas en los plazos indicados a continuación: a) Notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso. b) Notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso. Transcurrido el plazo citado sin que se haya justificado el ingreso de la deuda que se reclama, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos e intereses previstos en los artículos 27 y 28 de la LGSS y 10 y 11 del RGRSS. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO DE ALZADA ante el Director Provincial de la TGSS, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del RGRSS, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992. Su interposición no producirá la suspensión del procedimiento, excepto en los términos previstos en el artículo 30.5 de la LGSS y en el artículo 46 del RGRSS. Transcurridos tres meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo previsto en los artículos 42.4 y 43.2 de la Ley 30/1992. ENTIDAD MERCANTIL: GUADALAR SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L. NIF 0B19205277, Fecha de la Resolución: 30 de septiembre de 2008; DNI 1916681E; NOMBRE: RAMON NIETO DIAZ ; DIRECCION ENVIO: AV REPUBLICA ARGENTINA, 18; 28500 ARGANDA (MADRID); EXPTE:73/07; IMPORTE: 15.517,46 EUROS; PERIODO de la DEUDA :11/2005 a 11/2007. Para que sirva de notificación a los interesados y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, firmo el presente en Guadalajara, a 9 de diciembre de 2008.—María Mercedes Antolín Magdaleno. EDICTO DE NOTIFICACIONES Doña María Pilar Orozco Ablanque, directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara. Hago saber: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), al trabajador BINE FONTANA con número de afiliación 04 1027472432 y domicilio en MADRID, Avda. Nuestra Sra. de Valvanera número 73 1º A, sobre ELIMINACION DE ALTA Y BAJA en el Régimen General de la Seguridad Social, en la empresa LIMPISAN SUR S.L. con código de cuenta de cotización 28 159589646, que esta administración con fecha 22 de octubre de 2008 ha emitido la siguiente resolución: Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes HECHOS: Se comprueba que el trabajador BINE FOFANA, nacional de MALI, con número de afiliación 04/1027472432, ha figurado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa LIMPISAN SUR S.L., con código de cuenta de cotización 28/159589646, desde el 16-04-2007 hasta el 24-05-2007. De las actuaciones inspectoras llevadas a cabo a la indicada empresa en fecha 21-05-2007, se ha podido constatar que el trabajador que ha venido prestando servicios para la misma, no es realmente BINE FOFANA, sino otro trabajador que ha usurpado su personalidad y que además no dispone de autorización administrativa para trabajar en España. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 10 y 36 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (“Boletín Oficial del Estado” de 12-1-2000). Modificados por el artículo primero de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 23-12-2000). Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Resolución de 20 de febrero 1998 de la Secretaria General Técnica (“Boletín Oficial del Estado”. 04-03-1988. Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso. RESUELVE: Anular de oficio el alta y la baja en el Régimen General de la Seguridad Social del trabajador BINE FOFANA, con número de afiliación 04/1027472432, en la empresa LIMPISAN SUR S.L., con código de cuenta de cotización 28/159589646, desde el 16-04-2007 hasta el 24-05-2007, por haberse comprobado la no prestación de servicios para la misma. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992). Guadalajara, a 22 de octubre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. Lo que se da por notificado a la empresa y al trabajador, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal. Guadalajara, a 4 de diciembre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. EDICTO DE NOTIFICACIONES Doña María Pilar Orozco Ablanque, directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara. Hago saber: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), a la trabajadora GRACE IGBINIDO con número de afiliación 13 1017328508 y domicilio en GETAFE, Cl. Arboleda número 9 2º A, sobre BAJA DE OFICIO en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa SIGLA S.A. con código de cuenta de cotización 28 023569865, que esta administración con fecha 03 de noviembre de 2008 ha emitido la siguiente resolución: Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes HECHOS: Se comprueba que la trabajadora GRACE IGBINIDO, con número de afiliación 13/1017328508, figura de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa SIGLA S.A., con código de cuenta de cotización 28/023569865, desde el 16-11-2007. En fecha 28-10-2008 tiene entrada en esta Administración escrito de la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara de fecha 22-10-2008 por el que se informa de que, una vez puesta fin a la vía administrativa, ha sido denegada la solicitud de renovación de autorización de residencia y trabajo formulada por GRACE IGBINIDO. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 13.4 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29-6-94). Artículo 10 y 35 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (“Boletín Oficial del Estado” de 12-1 2000). Modificados por el artículo primero de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 23-12-2000). Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Resolución de 20 de febrero 1998 de la Secretaria General Técnica (“Boletín Oficial del Estado”. 04-03-1988). Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso. RESUELVE: Tramitar de oficio la baja en el Régimen General de la Seguridad Social de la trabajadora GRACE IGBINIDO, con número de afiliación 13/1017328508, en la empresa SIGLA S.A., con código de cuenta de cotización 28/023569865, con fecha 28-10-2008. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992). Guadalajara, a 3 de noviembre de 2008.—La directora de la Administracion en funciones, María Pilar Orózco Ablanque. Lo que se da por notificado a la trabajadora, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal. Guadalajara, a 4 de diciembre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. EDICTO DE NOTIFICACIONES Doña María Pilar Orozco Ablanque, directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara. Hago saber: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), a la empresa CRISTINA MANUEL GARCÍA con código de cuenta de cotización 19 101461076 y domicilio en VILLANUEVA DE LA TORRE, Cl. Baltasar Gracián 19, sobre BAJA DE OFICIO en el Régimen General de la Seguridad Social del trabajador BENITO ANTONIO ALBACETE ALONSO con número de afiliación 28 0395417056, que esta administración con fecha 11 de noviembre de 2008 ha emitido la siguiente resolución: Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes HECHOS: Se comprueba que el trabajador BENITO ANTONIO ALBACETE ALONSO, con número de afiliación 28/0395417056, figura de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa CRISTINA MANUEL GARCIA, con código de cuenta de cotización 19/101461076, desde el 30-03-2007. Según nuestra base de datos la indicada empresa está generando deuda al no presentar boletines de cotización desde 04/2007. A partir del 03-12-2007 se comprueba que el mencionado trabajador ha causado alta en otra empresa y en otra provincia. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 13.4 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29-6-94). Artículos 29 y 35 del Real-Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresa y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 27-2-96). Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso. RESUELVE: Tramitar de oficio la baja en el Régimen General de la Seguridad Social del trabajador BENITO ANTONIO ALBACETE ALONSO, con número de afiliación 28/0395417056, en la empresa CRISTINA MANUEL GARCIA, con código de cuenta de cotización 19/101461076, con fecha real 02-12-2007, día anterior al alta en la otra empresa, y de efectos 11-11-2008, fecha de la presente resolución. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (“Boletín Oficial del Estado” de 27 11-1992). Guadalajara, a 11 de noviembre de 2008.—La directora de la Administracion en funciones, María Pilar Orózco Ablanque. Lo que se da por notificado a la empresa, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal. Guadalajara, a 15 de diciembre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. EDICTO DE NOTIFICACIONES Doña María Pilar Orozco Ablanque, directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara. Hago saber: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), a la empresa “MIRPLADO S.L.” con código de cuenta de cotización 19 101476234 y domicilio en MADRID, Cl. Villardondiego 41, sobre BAJA DE OFICIO en el Régimen General de la Seguridad Social del trabajador EMZAR BLIADZE con número de afiliación 26 1006935952, que esta administración con fecha 11 de noviembre de 2008 ha emitido la siguiente resolución: Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes HECHOS: Se comprueba que el trabajador EMZAR BLIADZE, con número de afiliación 26/1006935952, figura de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa MIRPLADO S.L., con código de cuenta de cotización 19/101476234, desde el 18-07 2005. En fecha 10-11-2008 tiene entrada en esta Administración escrito de la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara de fecha 04-11-2008 por el que se informa de que, una vez puesta fin a la vía administrativa, ha sido denegada la solicitud de renovación de autorización de residencia y trabajo formulada por EMZAR BLIADZE. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 13.4 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29-6-94). Artículo 10 y 35 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y liberta- des de los extranjeros en España y su integración social (“Boletín Oficial del Estado” de 12-1 2000). Modificados por el artículo primero de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 23-12-2000). Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Resolución de 20 de febrero 1998 de la Secretaria General Técnica (“Boletín Oficial del Estado”. 04-03-1988). Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso. RESUELVE: Tramitar de oficio la baja en el Régimen General de la Seguridad Social del trabajador EMZAR BLIADZE, con número de afiliación 26/1006935952, en la empresa MIRPLADO S.L., con código de cuenta de cotización 19/101476234, con fecha 10-11-2008. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992). Guadalajara, a 11 de noviembre de 2008.—La directora de la Administracion en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. Lo que se da por notificado a la empresa y al trabajador, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal. Guadalajara, a 12 de diciembre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. EDICTO DE NOTIFICACIONES Doña María Pilar Orozco Ablanque, directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara. Hago saber: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), a la trabajadora CAROLINA SAMSON con número de afiliación 28 1223111433 y domicilio en HUMANES DE MADRID, Av. Campo Hermoso número 38 4º-D, sobre BAJA DE OFICIO en la empresa del Régimen General de la Seguridad Social “LEVITA PRODUCCIONES DISCOGRAFICAS S.L. con número de código de cuenta de cotización 19 102249002, que esta administración con fecha 10 de noviembre de 2008 ha emitido la siguiente resolución: Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes HECHOS: Se comprueba que la trabajadora CAROLINA SAMSON, con número de afiliación 28/1223111433, figura de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa LEVITA PRODUCCIONES DISCOGRAFICAS SL., con código de cuenta de cotización 19/102249002, desde el 14-04-2008. Según nuestra base de datos la indicada empresa está generando deuda al no presentar boletines de cotización desde 08/2007. A partir del 15-04-2008 se comprueba que el mencionado trabajador ha causado alta en otra empresa. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 13.4 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29-6-94). Artículos 29 y 35 del Real-Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresa y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 27-2-96). Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso. RESUELVE: Tramitar de oficio la baja en el Régimen General de la Seguridad Social de la trabajadora CAROLINA SAMSON, con número de afiliación 28/1223111433, en la empresa LEVITA PRODUCCIONES DISCOGRAFICAS SL., con código de cuenta de cotización 19/102249002, con fecha real 14-04-2008, día anterior al alta en la otra empresa, y de efectos 10-11-2008, fecha de la presente resolución. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administracio- nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992). Guadalajara, a 10 de noviembre de 2008.—La directora de la Administracion en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. Lo que se da por notificado a la empresa y al trabajador, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal. Guadalajara, a 15 de diciembre de 2008.—La directora de la Administración en funciones, María Pilar Orozco Ablanque. Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria Seccion de Procedimientos Especiales EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LOS SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS La jefe de la Sección de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27 de noviembre), ante la imposibilidad de notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado, comunica a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidas en la relación que se acompaña, por medio de este edicto: Resolución dictada por esta Dirección Provincial de declaración de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29/06/94), en la redacción dada por el artículo 12.2 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11/12/03), en relación con el artículo 12.2 del Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25/06/04), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RGRSS), según el cual, responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en aplicación de normas mercantiles (Artículo 104 y 105 de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24, incumplimiento por los administradores sociales de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial o el concurso de acreedores de la sociedad, como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio contable a menos de la mitad del capital social); así como las reclamaciones correspondientes por descubiertos de Seguridad Social, las cuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la LGSS, en la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003, podrán hacerse efectivas en los plazos indicados a continuación: a) Notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso. b) Notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso. Transcurrido el plazo citado sin que se haya justificado el ingreso de la deuda que se reclama, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos e intereses previstos en los artículos 27 y 28 de la LGSS y 10 y 11 del RGRSS. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO DE ALZADA ante el Director Provincial de la TGSS, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del RGRSS, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992. Su interposición no producirá la suspensión del procedimiento, excepto en los términos previstos en el artículo 30.5 de la LGSS y en el artículo 46 del RGRSS. Transcurridos tres meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo previsto en los artículos 42.4 y 43.2 de la Ley 30/1992. ENTIDAD MERCANTIL: CARNICERIAS EL MONDEJANO, S.L. NIF 0B82873233, Fecha de la Resolución: 06 de octubre de 2008; DNI 1796654D; NOMBRE: LEONARDO MARTINEZ TORRES; DIRECCION ENVIO: CL TURINA, 4; 28806 ALCALA DE HENARES (MADRID); EXPTE:04/08; IMPORTE: 4.062,60- EUROS; PERIODO de la DEUDA: 05/2006 a 08/2006. Para que sirva de notificación a los interesados y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, firmo el presente en Guadalajara, a 9 de diciembre de 2008.—María Mercedes Antolín Magdaleno. Provincia 29 Málaga Unidad de Recaudación Ejecutiva número 29/09 Estepona ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES Número documento: 29 09 603 08 018376993. Número de expediente: 28 26 07 000793 95. Nombre/razón social: POOLFICTION S. L. Domicilio: PS CASTELLANA 141 -20 28046 MADRID. La jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 09 de Estepona. Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor POOLFICTION S. L. por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Málaga, la siguiente: Número documento: 29 09 602 08 017242400. — PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 10 de noviembre de 2008, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 02 de febrero de 2009, a las 11:00 horas en calle Ingeniero de la Torre Acosta, 5, 1.º Málaga, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrá liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. Estepona, a 10 de noviembre de 2008. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la providencia de subasta. 2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta día hábil anterior a subasta. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. 7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho a tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de treinta días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y en su caso, el resto del precio satisfecho. 11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y regístrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12. Mediante el presente anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. Estepona, a 18 de noviembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María del Prado Huete Esteban. RELACION ADJUNTA DE LOS BIENES QUE SE SUBASTA: DEUDOR: POOLFICTION S.L. LOTE NUMERO: 1. FINCA NÚMERO 01. DATOS FINCA URBANA: DATOS DE REGISTRO: Número registro: 01 de Estepona, número tomo: 1293, número libro: 1041, número folio: 0089, NUMERO DE FINCA: 058672. IMPORTE DE TASACION: 199.023,00 euros. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: CAIXA D´ ESTALVIS I PENSIONS BARCELONA. CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 94.447,61 euros. CAIXA D´ ESTALVIS I PENSIONS BARCELONA. CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 30.882,64 euros. EJE 125/2007 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 36 MADRID. CARGA: ANOT PREV EMBARGO IMPORTE: 1.101,27 euros. EJE 94/2007 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 MADRID. CARGA: ANOT PREV EMBARGO IMPORTE: 2.155,00 euros. TIPO DE SUBASTA: 70.436,48 euros. DESCRIPCION AMPLIADA: URBANA: NUMERO CUARENTA Y UNO-16. LOCAL COMERCIAL NUMERO 16 DE LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO RADICANTE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ESTEPONA, EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL DENOMINADO MARIA LUISA GARDENS, BLOQUE III. TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, Y CONSTRUIDA DE SESENTA Y UN METROS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS. SON SUS LINDEROS, TOMANDO SU FRENTE POR LA FACHADA DE LA AVENIDA LITORAL, LOS SIGUIENTES: POR LADERECHA ENTRANDO, CON LA PROPIA FINCA DE LA QUE SE SEGREGO, LOCAL NUMERO 18; POR LA IZQUIERDA, CON LA PROPIA FINCA DE LA QUE SE SEGREGO, LOCAL NUMERO 17; POR SU FONDO, CON ZONA PEATONAL PRIVADA DEL CONJUNTO; Y POR SU FRENTE, CON ZONA DE APARCAMIENTOS Y VIAL PARALELO A LA AVENIDA LITORAL. CUOTA: EN EL EDIFICIO GENERAL 1,76 POR CIENTO. PROCEDE, POR SEGREGACION, DE LA FINCA NUMERO 50475, OBRANTE AL FOLIO 133 DEL TOMO 1021 DEL ARCHIVO, LIBRO 771 DE ESTEPONA. Estepona, a 18 de noviembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, María del Prado Huete Esteban. Provincia 30 Murcia Subdirección Provincial Vía Ejecutiva EDICTO Doña Joaquina Morcillo Moreno, subdirectora provincial de Recaudación Ejecutiva, por delegación de don Eduardo Cos Tejada, director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Socia de Murcia, comunica: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los requerimientos de pago en expedientes de apremio cuyos datos identificativos se especifican a continuación. En dichos requerimientos, se reclama a los interesados, el pago de la deuda contraída con la Seguridad Social, más, en su caso, los intereses de demora devengados hasta el momento del ingreso en la Tesorería General y las costas generadas. El interes de demora para el presente ejercicio se ha fijado en un 5 por 100. El pago de la deuda deberá realizarse, mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta, a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social (URE) correspondiente, en el BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, que se relacionan a continuación, indicando obligatoriamente, NAF/Cod. Cuenta cotización, y NIF: U.R.E. 01 Cuenta de ingreso: 0049-5676-11-2016022282 U.R.E. 02 Cuenta de ingreso: 0049-1094-64-2110884271. U.R.E. 03 Cuenta de ingreso: 0049-4676-89-2516045571 U.R.E. 04 Cuenta de ingreso: 0049-1918-99-2410094090. U.R.E. 05 Cuenta de ingreso: 0049-0433-03-2810157355 U.R.E. 06 Cuenta de ingreso: 0049-5222-07-2416034121. U.R.E. 07 Cuenta de ingreso: 0049-5611-36-2216012231. En virtud de todo lo anterior, se comunica que los interesados o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en plazo de diez días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (URE) en la que se encuentre el expediente, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial, para el conocimiento integro del texto de los mencionados requerimientos. De no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente a la finalización del plazo señalado para comparecer. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Unidad de Recaudación Ejecutiva Cargo: 06. Expediente: 30060300262304. NIF/NIE: 0x3925459. Deudor: Marafioti Bruneta, Francesco. Identificador: 30110191039. Domicilio: Madrid. Deuda: 9.713,92. Murcia, a 4 de diciembre de 2008.—La subdirectora provincial, Joaquina Morcillo Moreno. Provincia 32 Ourense ANUNCIO DE CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación personal del acto que más adelante se cita a los interesados que se relacionan a continuación, se procede conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a requerirlos para que en el plazo de ocho días a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comparezcan ante esta Unidad, sita en la C/Concejo número 1, 4ª planta, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer. C.C.C. — APELLIDOS Y NOMBRE ÚLTIMO DOMICILIO. — RAZÓN SOCIAL 32103953691. — FIDALGO RODRÍGUEZ JOSÉ C/CÁCERES 10. — 28300-ARANJUEZ. ACTO que se notifica: RESOLUCIÓN DERIVACION RESPONSABILIDAD. Contra el mismo, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Ourense en el plazo de un mes. Ourense, a 18 de noviembre de 2008. Provinca 37 Salamanca Unidad de Recaudacion Ejecutiva número 37/02 EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/1991, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendiente de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo y se detalla el domicilio y localidad de la Unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Salamanca, a 30 de diciembre de 2008.—La recaudadora ejecutiva, Arantza García de la Iglesia. NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. — LOCALIDAD. — EXPEDIENTE. — PROCEDI- MIENTO. — NÚMERO DOCUMENTO IGNACIA MARG. ÁCARO BRICEÑO. — PARLA. — 08/475-47. — DILIGENCIA EMBARGO BIENES INMUEBLES A COTITULAR. — 37 02 504 08 002293465. ANEXO 1 UNIDAD. — DOMICILIO. — LOCALIDAD. — TELÉFONO. — FAX 37/02. — PS. CANALEJAS 129. — 37001 SALAMANCA. — 923296100. — 923296111. Provincia 40 Segovia Dirección Provincial de Segovia EDICTO NOTIFICACIÓN de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia por la que se comunica las resoluciones de ANULACIÓN de aplazamientos que se indican a continuación. Habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificar a los interesados, que luego se relacionan, por desconocer su domicilio, se procede, de conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11), a notificar a los mismos las resoluciones adoptadas en los expedientes de referencia, mediante inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exposición del mismo en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, cuyo texto íntegro obra a su disposición en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, sita en la plaza Reina Dña. Juan, 1, de Segovia. NÚM. APLAZAMIENTO: 62 40 07 267. INTERESADO/A: Trazas Segovia S.L. Se comunica a los interesados que contra este acuerdo pueden interponer recurso de alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 25-06), en relación con lo establecido en los artículos 114 y 155 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11). El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. Segovia, a 10 de noviembre de 2008. — El director de Administracion, Vicente Alvarez Ferruelo. Dirección Provincial de Segovia EDICTO NOTIFICACIÓN de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia por la que se comunica la APERTURA DE TRÁMITE DE AUDIENCIA PREVIO en el expediente incoado a los sucesores “mortis causa” por deudas contraídas para con la Seguridad Social por el causante inicial, según se indica al final. Habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificar a los interesados, que luego se relacionan, por desconocer su domicilio, se procede, de conformidad con los artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11), a notificar a los mismos las resoluciones adoptadas en los expedientes de referencia, mediante la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exposición del mismo en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, cuyo texto íntegro obra a su disposición en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, sita en la plaza Reina Dña. Juana, 1, de Segovia. NÚM. EXPEDIENTE: 40/18/08. CAUSANTE INICIAL: Arturo ROUCO LOPEZ. RESPONSABLE “MORTIS CAUSA”: Mª AMPARO ROUCO LOPEZ. Se comunica a la interesada que dispone de un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, dentro del que podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre). Segovia, a 16 de diciembre de 2008.—El subdirector provincial de Gestión Recaudatoria, José Luís Pérez Herranz. Dirección Provincial de Segovia EDICTO NOTIFICACIÓN de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia por la que se comunica la apertura de TRAMITE DE AUDIENCIA PREVIO en la instrucción del expediente administrativo incoado por Derivación de Responsabilidad Solidaria, que se indica más abajo, correspondiente al período agosto a octubre de 2006. Habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificar a los interesados, que luego se relacionan, por desconocer su domicilio, se procede, de conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11), a notificar a los mismos las resoluciones adoptadas en los expedientes de referencia, mediante inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exposición del mismo en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, cuyo texto íntegro obra a su disposición en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, sita en la plaza Reina Dña. Juana, 1, de Segovia. NÚM. EXPTE: 40/84/08. DEUDORES SOLIDARIOS: Jorge Llobera Gandiana. DEUDOR INICIAL: REPHOUSE S.L. Se comunica a los interesados que antes de la expedición de las correspondientes reclamaciones de deuda, y en aplicación del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11), disponen de un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, desde la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual podrán examinar el expediente, formular alegaciones y aportar los documentos y justificantes que estimen pertinentes y que serán tenidos en cuenta por el órgano que haya de efectuar, si procediere, las reclamaciones de deuda mencionadas. Segovia, a 13 de enero de 2009.—El subdirector provincial de Gestión Recaudatoria, José Luís Pérez Herranz. Provincia 45 Toledo NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES MUEBLES EMBARGADOS (TVA-344) EXPEDIENTE: 45010100114260. NIF: 003849087Z. DANIRL GONZALEZ SANTOS. CALLE ELIO ANTONIO DE NEBRIJA, 7-1-A. 28901-GETAFE. Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedió con fecha 22-5-2006 al embargo de bienes muebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados, según se transcribe a continuación, a efectos de su posible venta en publica subasta, si no se realiza el pago de la deuda. NUM BIEN: 1 DESCRIPCION: PIAGGIO 5981DXV IMPORTE DE TASACION: 1.500,00. La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Y para que sirva de NOTIFICACION EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de los establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Toledo, a 19 septiembre 2008.—El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, María del Mar Ruiz Bedoya. Unidad da Recaudación Ejecutiva número 01 NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A TRAVÉS DE ANUNCIO (TVA-502) El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva numero 01 de Toledo. En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA al presente Edicto, cuyo intento de notificación ha resultado infructuoso a: DOÑA CARMEN SANCHEZ GUERRERO DELGADO. — C/ FRANCISCO SILVELA, 11. — 28028 MADRID. — TITLULAR. DON JUAN MANUEL ORERO SANCHEZ GUERRERO. — C/ MESONEROS ROMANOS, 4. — 28013 MADRID. — INTERESADO. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Testo Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: DILIGENCIA: en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unida de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 001707986Y, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NÚMERO PROVIDENCIA. — PERÍODO. — RÉGIMEN 4506015768711. — 01/2000. — 0111. 4506015768812. — 02/2000. — 0111. 4506015768913. — 04/2000. — 0111. 4506015769014. — 05/2000. — 0111. 4506015769115. — 08/2000. — 0111. 4506015769216. — 09/2000. — 0111. 4506015769317. — 10/2000. — 0111. 4506015769418. — 06/2000. — 0111. 4506015769519. — 07/2000. — 0111. 4506015769620. — 11/2000. — 0111. 4506015769721. — 12/2000. — 0111. 4506015769822. — 02/2001. — 0111. 4506015769923. — 04/2001. — 0111. 4506015770024. — 03/2001. — 0111. 4506015770125. — 05/2001. — 0111. 4506015770226. — 01/2001. — 0111. 4506015770327. — 01/2000. — 0111. 4506015770428. — 06/2001. — 0111. 4506015770529. — 01/2000. — 0111. 4506015770630. — 07/2001. — 0111. 4506015770731. — 08/2001. — 0111. 4506015770832. — 09/2001. — 0111. 4506015770933. — 10/2001. — 0111. 4506015771034. — 11/2001. — 0111. 4506015771135. — 12/2001. — 0111. 4506015771236. — 01/2002. — 0111. 4506015771337. — 02/2002. — 0111. 4506015771438. — 03/2002. — 0111. 4506015771539. — 05/2002. — 0111. 4506015771640. — 04/2002. — 0111. 4506015771741. — 06/2002. — 0111. 4506015771842. — 08/2002. — 0111. 4506015771943. — 07/2002. — 0111. 4506015772044. — 10/2002. — 0111. 4506015772145. — 09/2002. — 0111. 4506015772246. — 11/2002. — 0111. 4506015772347. — 12/2002. — 0111. 4506015772448. — 01/2003. — 0111. 4506015772549. — 02/2003. — 0111. 4506015772650. — 04/2003. — 0111. 4506015772751. — 05/2003. — 0111. 4506015772852. — 06/2003. — 0111. 4506015772953. — 03/2003. — 0111. 4506015773054. — 06/2003. — 0111. 4506015773155. — 08/2003. — 0111. 4506015773256. — 09/2003. — 0111. 4506015773357. — 07/2003. — 0111. 4506015773458. — 12/2003. — 0111. 4506015773559. — 10/2003. — 0111. 4506015773660. — 11/2003. — 0111. IMPORTE DEUDA: Principal: 135.423,17 euros Recargo: 27.855,27 euros. Intereses: 0 euros. Costas devengadas: 0 euros. Costas e intereses presupuestados: 16.354,35 euros. TOTAL: 179.632,79 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 de Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme al deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quine días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévese a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS: NÚMERO REGISTRO: 12 – NÚMERO TOMO: 3 – NÚMERO LIBRO: 1 – NÚMERO FOLIO: 217 - NÚMERO FINCA: 96. MUNICIPIO: Hortaleza finca numero 96. Naturaleza de la finca: solar. Dirección: lugar centinela, C.P. 28043. Referencia catastral: 4897408VK479H0001DU. Linderos: frente, noroeste camino viejo de Hortaleza y carretera Madrid-Hortaleza. Testero sudeste: herederos de José Romero. Izquierda, noroeste: tierra de Antonio López. Derecha, suroeste: tierra de don Juan ron. Superficie terreno: 9.400,55 metros cuadrados. Según datos del catastro la localización de la finca es la calle Ricardo San Juan 14 suelo. 28043 Madrid. Suelo urbano. Derecho en cuanto a 1/18 parte indivisa en pleno dominio con carácter privativo por titulo de herencia. Y 5/72 partes indivisas en pleno dominio con carácter privativo por titulo de herencia. Provincia 46 valencia Subdirección Provincial de Procedimientos Especiales EDICTO DE CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, “Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero, “Boletín Oficial del Estado” del 14, y Ley 24/2001, de 27 de diciembre “Boletín Oficial del Estado” del 31) y no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, por el presente edicto se cita a los sujetos pasivos, obligados con la seguridad social o representantes que se relacionan, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos señalados. Los citados a través de este medio, relacionados en hoja anexa, deberán comparecer para ser notificados en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, ante la sede de la SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, sita en la calle Marqués de Sotelo, 8 y 10 - 6ª Planta - 46002 - VALENCIA. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado. Valencia, a 30 de diciembre de 2008.—El subdirector provincial, Jorge García Ninet. RELACIÓN QUE SE CITA IDENTIFICADOR. — NOMBRE. — DOMICILIO. — C. POSTAL. — EXPEDIENTE. — PROCEDIMIENTO. — UNIDAD 51640554B. — EDUARDO SAN JOSÉ CORTÉS. — CL. SAUCE, 2. — 28880 - MECO. — 272/08 53. — DERIVACIÓN RESPONSABILIDAD. — DP. Dirección Provincial de Valencia Unidad de Recaudación Ejecutiva número 46/08 Gandía EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, “Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992 (redacción Ley 4/1999, de 13 de enero, “Boletín Oficial del Estado” del 14, y Ley 24/2001, de 27 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” del 31) y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento que se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento. LUGAR Y PLAZO DE COMPARECENCIA: En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 46/08, sita en la Avenida República Argentina número 93 de 46701 GANDIA (Valencia) en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, excepto festivos de la localidad. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Gandia, a 13 de enero de 2009.—La recaudadora ejecutiva, María Teresa Roig Ruiz. RELACIÓN QUE SE CITA NÚMERO IDENTIFICADOR. — RAZÓN SOCIAL/NOMBRE. — DIRECCIÓN. — C.P. — POBLACIÓN. — EXPEDIENTE. — PROCEDIMIENTO 1 28164675375. — ANA MARÍA DOMÍNGEZ TENO. — PAÑERÍAS, 1-5-B. — 28037. — MADRID. — 460860308034131510. — PROVIDENCIA SUBASTA. (01/65/08) |

