Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0385
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Parra Lozano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Santa Cruz de Tenerife. Hago saber: Que en los presentes autos número 480 de 2007 seguidos a instancias de doña Yolanda Patricia Cabrera López, contra “Instituto Europeo de Estudios Superiores, Sociedad Limitada”, por cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Que en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2008.—Pronuncio yo, don Félix Barriuso Algar, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento ordinario número 480 de 2007, seguido a instancias de doña Yolanda Cabrera López, representada y asistida por el letrado señor Romero García, frente a “Instituto Europeo de Estudios Superiores, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, sobre reclamación de salarios. Fallo Debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por doña Yolanda Patricia Cabrera López y, en consecuencia, condeno a “Instituto Europeo de Estudios Superiores, Sociedad Limitada”, al pago de la cantidad de 1.791,48 euros, más los intereses legales correspondientes. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en los términos previstos en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en San Cruz de Tenerife, que habrá de anunciarse, ante este mismo Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia. Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 1587/0000/65/0480/07, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, de conformidad con el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que conste y tenga lugar la notificación en legal forma a la demandada “Instituto Europeo de Estudios Superiores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2008.—La secretaria, María José Parra Lozano. (03/525/09) |

