Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 1.4.80.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0012

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución 503/AD/2008, del Director-Gerente, en relación con el contrato de compraventa del local comercial adjudicado a la “Sociedad Cooperativa San Isidro”, sito en la calle Toboso, número

Intentada sin efecto la notificación de la Resolución 503/AD/2008, del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, por la que se resuelve:

1.o  Compensar el importe de los recibos emitidos y abonados por el titular en la cuenta 0065, con el importe de los recibos que se relacionan a continuación y correspondientes a la nueva cuenta 0319, por un importe total de 5.403,16 euros (abril de 1989 a marzo de 1990).

2.o  Anular los derechos reconocidos por los recibos de nueva emisión dados como pagados por compensación.

3.o  Devolver a la “Sociedad Cooperativa San Isidro”, titular del inmueble, la cantidad de 195,40 euros, en concepto de sobrante o exceso a favor del interesado resultante de la compensación de recibos practicada en la nueva facturación. Dicho importe resulta de la diferencia entre la cantidad total abonada en la cuenta de facturación 0065 (5.598,56 euros) y el importe total compensado en la cuenta de facturación 0319 (5.403,16 euros). Se ha decidido proceder a su devolución habida cuenta que no puede aplicarse al pago de la totalidad de un solo recibo, ya que su importe es menor que el importe de cualquiera de los recibos de la nueva cuenta 0319. Dicha devolución se realizará a través de los correspondientes documentos contables de devolución de ingresos indebidos. Asimismo, esta se condiciona a la presentación por parte del titular en el registro de entrada de este Instituto de la Vivienda de Madrid de la correspondiente solicitud de devolución de ingresos indebidos con indicación expresa del número de cuenta bancaria en que el Instituto de la Vivienda de Madrid pueda realizar la transferencia a su favor.

4.o  Notificar al titular que adeuda al Instituto de la Vivienda de Madrid, hasta el momento del dictado de la presente Resolución, el importe de 64.066,40 euros, correspondientes a los recibos no compensados de la nueva facturación, sin perjuicio de las posteriores notificaciones de la deuda que pueda devengarse a partir de dicho momento; procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá ser examinado en el Área de Administración II del Instituto de la Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse reclamación previa a la vía judicial civil ante este mismo órgano, de conformidad con los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Madrid, a 8 de julio de 2008.—El Director-Gerente, José Antonio Martínez Páramo.

(03/678/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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