Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0111
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 4 DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL EDICTO En el juicio de divorcio contencioso número 645 de 2008, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Providencia Magistrado-juez de primera instancia, don Agustín Alejandro Santos Requena.—En San Lorenzo de El Escorial, a 4 de diciembre de 2008. Dada cuenta; el anterior oficio, únase a los autos de su razón. Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de la parte demandada, después de haberse intentado sin resultado, procédase a notificar, como ordenan los artículos 156.4 y 164 ambos de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, a la parte demandada por medio de edicto que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado durante el tiempo del emplazamiento por término de veinte días y otro se entregará al actor para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Hágase saber a la parte actora que si lo desea puede publicarse el edicto en la prensa oficial o en algún diario de difusión nacional o provincial, pero a su costa (artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación. Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado). En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se emplaza a doña Olha Zyukina a fin de que en el término de veinte días conteste en forma a la demanda, con abogado y procurador, bajo apercibimiento de declararle en situación procesal de rebeldía. En San Lorenzo de El Escorial, a 4 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado). (02/309/09) |

