Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0216
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ROBLEDILLO DE LA JARA RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 171 del Real Decreto 2/2004, el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 26 de diciembre de 2008, adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de crédito número 2/2008, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a nuevos y mayores ingresos con el siguiente resumen por capítulos: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente se encuentra expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento a fin de que los interesados legítimos puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas ante el Pleno, durante quince días hábiles a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional y será recurrible mediante recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su entrada en vigor, sin perjuicio de otros recursos que los interesados pudiesen interponer. En Robledillo de la Jara, a 30 de diciembre de 2008.—El alcalde, José Manuel Fernández García. (03/856/09) |

