Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090122-0036
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO Don Eladio Camacho Fraile, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de juicio ordinario número 1.166 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia número 15 de Madrid. Asunto en que se acuerda: el referenciado. Personas a las que se emplaza: causahabientes de “Manrillana Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada. Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado para contestar a la demanda, en la que figuran como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquella. Tribunal ante el que deben comparecer: en la sede de este Juzgado. Plazo para comparecer: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento. Prevenciones legales 1. Si no comparecen se les declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 3. Deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Y como consecuencia del ignorado paradero de “Manrillana, Sociedad Anónima”, e ignorados sucesores y causahabientes de “Manrillana, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento. Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado). (02/492/09) |

