Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090122-0131
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, en sustitución, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 714 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mirco Alessandro Torres Uribe, contra la empresa “F-F Domótica y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de citación para los actos de conciliación y/o juicio del día 28 de enero de 2009, a las once horas, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 11 de junio de 2008. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Mirco Alessandro Torres Uribe, contra “F-F Domótica y Electricidad, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario. De lo que doy cuenta a su señoría, doy fe. Auto En Madrid, a 11 de junio de 2008. Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 28 de enero de 2009, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. i) Al otrosí digo, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en cuanto a la asistencia letrada a los efectos legales oportunos. ii) Al segundo otrosí digo, ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión del representante legal de “F-F Domótica y Electricidad, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio, siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas. iii) Ha lugar a la documental propuesta y a tal fin se requiere a la empresa demandada, para que aporte al acto del juicio los documentos interesados en el segundo otrosí digo del escrito de demanda. iv) En cuanto a la testifical, cuando se proponga se acordará. Notifíquese esta resolución a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “F-F Domótica y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.732/09) |

