Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0051

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Salmerón Martínez, contra la empresa “Estudio Tres Olivos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 2 de enero de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Ricardo Salmerón Martínez, contra “Estudio Tres Olivos, Sociedad Limitada”, por un principal de 12.756,52 euros, más 1.148,09 euros en concepto de intereses y 1.275,65 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

c)  Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la avenida del Cardenal Herrera Oria, número 246, de Madrid, de “Caja de Ahorros del Mediterráneo”. A tales fines, líbrese el correspondiente oficio por correo certificado con acuse de recibo a dicha entidad al objeto de que retenga e ingrese las referidas cantidades en la “Cuenta de depó­sitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal); y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación el legal forma a “Estudio Tres Olivos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.396/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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