Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0052
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 163 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén García Barroso, contra la empresa “González Arias y Partners, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 2 de enero de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Ana Belén García Barroso, contra “González Arias y Partners, Sociedad Anónima”, por un principal de 1.746,24 euros, más 157,16 euros en concepto de intereses y 174,62 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados, a resultas de la presente resolución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas: 1. Las cantidades que en concepto de saldos pendientes de factura u otros conceptos tengan que percibir la ejecutada de “Iberdrola Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, “Realia Business, Sociedad Anónima”, “Publibay Comunicación, Sociedad Limitada”, “Tandemis, Sociedad Limitada”, “Albadalejo Artes Gráficas, Sociedad Limitada”, “Hansa Urbana, Sociedad Anónima”, “Management Strategic and Financial Associates, Sociedad Limitada”, “Digital Image Factory, Sociedad Limitada”, y “Gesinar Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”. 2. Los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la calle Príncipe Carlos, sin número, de Madrid, del “Banco Gallego”, y en la sucursal de la calle José Abascal, número 55, de Madrid, del “Banco de Madrid”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, con número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento. d) Asimismo, líbrense oficios a los Juzgados de lo social números 22 y 29 de Madrid al objeto de que remitan a este Juzgado testimonio del auto de insolvencia provisional que se hubiera podido dictar respectivamente en los procedimientos de ejecución número 72 de 2008 (demanda número 266 de 2008) y número 104 de 2008 (demanda número 301 de 2008) que se siguen contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en los mismos nos lo transfieran a la cuenta del Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “González Arias y Partners, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.398/09) |

