Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0122

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 155 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Peña Martín y don Antonio Marugán Barrios, contra las empresas “Anticorrosivos, Sociedad Limitada”, y “Sertermo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a las ejecutadas “Anticorrosivos, Sociedad Limitada”, y “Sertermo, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 139.888,81 euros, que restan del principal (a don Ángel Peña Martín 70.980,82 euros y a don Antonio Marugán Barrios 68.907,99 euros). Insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo no conocen nuevos bienes de las ejecutadas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Anticorrosivos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.333/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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