Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2009

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0033

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

Tribunal Superior de Justicia
de Castilla-La Mancha

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 1.619 de 2007 a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sección Primera de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número 163 de 2007 del Juzgado de lo social número 1 de los de Albacete, promovidas por “Encasur, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra don Félix Soto Santos, “LAM Fraile, Sociedad Limitada”, doña Ana Sebastián Alcoceber, administradores concursales de “LAM Fraile, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido disciplinario, con fecha 27 de febrero de 2008 se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Que desestimando el recurso de suplicación formulado por la representación letrada de la empresa “Encasur, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra la sentencia de fecha 15 de junio de 2007, dictada por el Juzgado de lo social número 1 de los de Ciudad Real, en autos número 163 de 2007, sobre despido, siendo partes recurridas don Félix Soto Santos, la empresa “LAM Fraile, Sociedad Limitada”, doña Ana Sebastián Alcoceber, administradores concursales de “LAM Fraile, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, condenando en costas a la parte recurrente que comprende el pago de la minuta de honorarios del letrado de la parte impugnante en cuantía de 300 euros, así como la condena de la pérdida de los depósitos constituidos para recurrir a los que se dará el destino que proceda legalmente.

Procédase a la publicación del fallo de la resolución citada.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “LAM Fraile, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Albacete, a 20 de octubre de 2008.—El secretario judicial (firmado).

(03/860/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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