Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090126-0090
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AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social, Sección Cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 4.368 de 2007, interpuesto por Rachid Saidi contra el Servicio Madrileño de Salud, en el que se ha dictado la siguiente resolución: Providencia Ilustrísimos señores magistrados-jueces: don Miguel Ángel Luelmo Millán, doña María Luz García Paredes y don Manuel Poves Rojas.—En Madrid, a 18 de junio de 2008. Dada cuenta, habiendo manifestado el señor letrado de oficio la insostenibilidad del recurso de casación para la unificación de la doctrina, querido interponer por don Rachid Saidi, parte actora en estas actuaciones, contra la sentencia de esta Sala, de fecha 4 de febrero de 2008, dictada en tales actuaciones y visto que es del mismo parecer técnico la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 230.2 de la Ley de Procedimiento Laboral requiérase, sirviendo para ello la copia del presente proveído a Rachid Saidi, parte actora en las presentes actuaciones, para que en el plazo de tres días nombre abogado de libre designación para la defensa de sus intereses, con la advertencia de que si así no lo hiciere, se pondrá de inmediato final al trámite del recurso. Durante dicho plazo de tres días, siga el suspenso en plazo para preparar el recurso mencionado, sin perjuicio de alzar tal plazo de inmediato y dejarlo sin efecto si la libre designación de abogado no se verifica. Si se llevara a efecto el nombramiento de abogado de libre designación, dese a las actuaciones el trámite habitual ordenado por la Ley. Notifíquese a las partes, advirtiéndoles de que contra esta resolución pueden interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días, a contar desde su notificación, ante esta misma Sala y por los trámites del recurso de reposición a que se refieren los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000, según disponen los artículos 185.1 y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral. La interposición del mencionado recurso no impide la inmediata ejecutividad de lo aquí mencionado. Para su constancia y conocimiento, remítase copia de esta providencia a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Así lo mandaron los ilustrísimos señores magistrados-jueces citados anteriormente, de lo que yo, el secretario judicial, doy fe. Y para que sirva de notificación a Rachid Saidi, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 16 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.746/09) |

