Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090130-0007
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO Doña Socorro Martín Velasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid. Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ordinario número 1.279 de 2007, a instancias de la comunidad de propietarios de la plaza de Lavapiés, número 4, de Madrid, contra don Juan Ignacio Ruiz Peñalba, en los que se ha dictado sentencia de fecha 13 de octubre de 2008, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: En Madrid, a 13 de octubre de 2008.—La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.279 de 2007, a instancias de la comunidad de propietarios de la plaza de Lavapiés, número 4, representada por el procurador señor Barreiro-Meiro Barbero y asistida de la letrada doña Evangelina Pérez Pradas, contra don Juan Ignacio Ruiz Peñalba, en situación de rebeldía procesal. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Barreiro-Meiro Barbero, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la plaza de Lavapiés, número 4, de Madrid, frente a don Juan Ignacio Ruiz Peñalba, en situación procesal de rebeldía, debo: 1. Decretar y decreto la obligación del demandado de permitir la entrada en el piso segundo exterior derecha del inmueble de la plaza de Lavapiés, número 4, de Madrid, a los empleados de la empresa que viene ejecutando obras de rehabilitación de la finca, así como al director técnico de la misma y toda persona y materiales precisos para tal fin, incluso debiendo desalojar el inmueble por el plazo estrictamente necesario para la finalización de las obras y que se estima en un máximo de treinta días, todo ello a los fines de posibilitar la rehabilitación de las estructuras dañadas en el edificio en el que se encuentra la citada vivienda. 2. Condenar y condeno al demandado al abono de las costas procesales causadas. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Ignacio Ruiz Peñalba, para que así conste y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente edicto en Madrid, a 22 de diciembre de 2008.—La secretaria (firmado). (02/611/09) |

